
A la vista de todos están los crecientes problemas de inflación y escasez. Y aunque ha sido particularmente alarmante el recrudecimiento de la situación en las últimas semanas, la realidad es que ambos problemas son producto de distorsiones económicas que se han mantenido por más de una década.
El 5 de febrero de 2003, el Ejecutivo Nacional tomó “medidas temporales relativas al régimen cambiario” con ocasión de la situación económica derivada del paro petrolero de finales de 2002. Un día después, al momento de entrar en vigencia el actual control de cambios, a través del Decreto N° 2.304 se planteó la necesidad de aplicar medidas para palear posibles “alzas indebidas y arbitrarias” de los precios y se publicó una lista de 45 bienes y 7 servicios (G.O. Nº 37.626) que serían declarados de “primera necesidad” y cuyos precios máximos de venta al público serían fijados por el Ejecutivo Nacional. Menos de una semana después, el 11 de febrero de 2003, el para entonces Ministerio de la Producción y el Comercio publicó los primeros precios máximos de venta (G.O. Nº 37.629). Tanto el control cambiario como el control de precios cumplen doce años en estos días.
Luego de la Ley Especial de Defensa Popular contra el Acaparamiento, la Especulación, el Boicot y cualquier otra conducta que afecte el consumo de los alimentos o productos sometidos a control de precios de 2007 y las reformas a la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario de 2004, 2008, 2009 y 2010, en el 2011 se iniciará una etapa de significativa ampliación del ámbito del sistema de control de precios, con ocasión de la Ley de Costos y Precios Justos. El objeto de esa Ley era lograr el control de precios sobre todos los bienes y servicios que se comercializaran en el país. Luego la realidad demostró que esa pretensión no podía cumplirse sin descontrolar el funcionamiento entero de la economía. Su aplicación, por ello, se restringió a determinados productos alimenticios y de higiene personal.
La Ley de Costos y Precios Justos sería derogada en enero de 2014 al entrar en vigencia la Ley Orgánica de Precios Justos, dictada como Decreto-Ley en ejecución de una Ley Habilitante. Para materializar su aplicación se dictaron un mes después los Criterios Contables Generales para la Determinación de Precios Justos (Providencia N° 003/2014). Importantes distorsiones conceptuales de la norma se traducirían en que —en muchos casos— se debían fijar precios que no permitían cubrir los costos de producción y de reposición de mercancía. Por otra parte, la Ley también permitía la aplicación masiva de fiscalizaciones, intervenciones e importantes sanciones para los agentes económicos que se determinara —de manera relativamente arbitraria— habían incurrido en especulación, usura, acaparamiento y/o boicot. Además, se facilitaron —aún más— los procesos de ocupación y expropiación.
Durante el 2014 se publicaron otras dos Providencias en materia de control de precios: la Providencia N° 005/2014 que tiene por objeto informar sobre los mecanismos, metodología y demás aspectos necesarios por medio de los cuales serán públicas las distintas regulaciones en relación a la determinación de precios justos en el acceso a los productos y servicios; y la Providencia N° 057/2014, por medio de la cual se fijan las Condiciones para la obligatoriedad del establecimiento y marcaje del precio de venta justo (PVJusto) en los bienes y servicios que sean comercializados o prestados en el territorio nacional.
En noviembre de 2014 fue publicada la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Precios Justos, también a través de un Decreto-Ley, que es la Ley actualmente vigente en la materia y que vino a aumentar —más aún— las sanciones y penas aplicables a los supuestos infractores de la Ley.
Luego de 12 años de control de precios, los resultados han sido contrarios a los esperados por el Gobierno Central y por la ciudadanía. Entre febrero de 2003 y noviembre de 2014 (último dato oficial disponible), la inflación general acumuló 1.706,51% y la de alimentos acumuló 3.911,74%.
Luego de que Venezuela entrara en recesión en 2014 por segunda vez en menos de una década, se espera que la economía siga decreciendo en 2015. Mientras que —a la fecha— la Cepal espera que Venezuela decrezca -1% en 2015, el Banco Mundial habla de una caída de -2% y el Fondo Monetario Internacional de -7%. Esto, sumado a que muy probablemente se mantendrá una alta tasa de emisión de dinero inorgánico para cubrir el creciente gasto público interno, hace prever que se agudice el actual espiral inflacionario. Se estima que la inflación venezolana será de al menos 64% en 2015 —nivel supuestamente alcanzado en 2014—, pero muchos coinciden en que llegará a los 3 dígitos.
Vale decir, los fuertes controles que el Gobierno Central ha impuesto sobre el aparato productivo nacional —resaltando los controles de cambio y de precios que cumplen doce años— no sólo han provocado inflación, sino que también han generado importantes niveles de escasez. Desde agosto 2013, el índice de escasez general ha superado el 20% y en enero de 2014 (último dato publicado por el BCV) la escasez alcanzó su máximo histórico de 28%, cuando lo que se considera “tolerable” o “normal” es 5%. Aún más, en agosto de 2014, se pudo conocer extraoficialmente que la escasez había llegado a 35%. Para poner estas cifras en contexto, recordemos que la escasez de alimentos fue de apenas 1,6% en diciembre de 1998.
Estos resultados exigen, sin duda, un replanteamiento del sistema. Si la intención era que los venezolanos pudieran acceder a los productos en condiciones regulares y asequibles, el control cambiario y el control de precios al parecer han logrado lo contrario. Urge rectificar el actual modelo económico, pero no queda claro si el Gobierno Central tiene la voluntad política para hacerlo.