Blog de Eugenio G. Martínez

Luego de la declaración de Lucena: ¿podrá realizarse el Referendo Revocatorio en 2016?; por Eugenio Martínez

Por Eugenio G. Martínez | 9 de agosto, 2016

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Concentración de la oposición venezolana en rechazo a la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que prohíbe manifestaciones hacia el Consejo Nacional Electoral. Fotografía de Diego Vallenilla. [25/05/2016] Si desea ver la galería completa, haga click acá.

La interpretación rápida de los lapsos sugeridos (aunque no definitivos) por la Presidente del Consejo Nacional Electoral, Tibisay Lucena, indican que es imposible realizar la consulta popular de mandato antes del límite constitucional del 10 de enero de 2017.

Según el cronograma tentativo presentado por Lucena, no será sino hasta el 16 de septiembre cuando el organismo comicial se pronuncie sobre la pertinencia de la solicitud de activación del referendo revocatorio que presentó la oposición venezolana el pasado 2 de agosto.

Al momento de redactar este texto no existe explicación oficial de por qué la decisión del CNE sobre la solicitud del revocatorio se anunciará entre el 14 y 16 de septiembre, cuando el Artículo 21 de las  Normas para Regular la Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios establece que el CNE dispone de hasta 15 días continuos para realizar el análisis del documento de solicitud de la consulta popular de mandato.

Si la oposición entregó la solicitud de activación de revocatorio el 2 de agosto y existen 2 días hábiles para subsanar recaudos, el lapso de 15 días continuos debía comenzar el 5 de agosto.

No obstante, tomando como punto de partida el 16 de septiembre (y considerando que el Artículo 24 de las referidas normas le confiere hasta 15 días hábiles, a partir del anuncio de procedencia de la petición para definir los aspectos técnicos de la recolección), la jornada para recolectar las firmas equivalentes al 20% de los electores inscritos en el Registro Electoral podría celebrarse durante la última semana del mes de octubre.

Antes de la exposición de la presidenta del CNE, se había informado extraoficialmente que los cronogramas técnicos del organismo situaban preliminarmente esta actividad para los días 25, 26 y 27 de octubre.

Según el Artículo 28 de las normas, el CNE tiene hasta 15 días hábiles para para verificar si la oposición cumplió con el requisito de contar con el aval de 20% de los electores, que son aproximadamente 4 millones de personas. Este lapso es innecesario si se considera que para el proceso del 20% se desplegará la plataforma biométrica del organismo comicial, lo que significa que los rectores pueden conocer en cuestión de horas si se cumplió o no con el límite de manifestaciones de voluntad exigidas en el Artículo 72 de la Carta Magna.

Si el CNE certifica que la oposición cuenta con el aval de aproximadamente 4 millones de personas, tendrá tres días para convocar el revocatorio y hasta noventa días para organizarlo. Si se toman estos lapsos máximos, el referendo a Maduro no podría realizarse antes del 18 de febrero de 2017. No obstante, como bien explicó la presidente del organismo comicial, cuando se ha requerido el Poder Electoral ha organizado eventos de ámbito nacional en menos de cuarenta días. El ejemplo más reciente es la elección presidencial sobrevenida de 2013, que se logró organizar en 37 días por el trabajo técnico previo que se ejecutó para los comicios presidencial de octubre de 2012 y las elecciones regionales de diciembre de ese año.

Tomando los precedentes técnicos de 2007, 2009 y 2013 (y considerando que el CNE ya tiene adelantados algunos procesos importantes, como la selección de miembros de mesa y su notificación), si se cuenta con la colaboración técnica del organismo comicial sería factible realizar el revocatorio antes del límite constitucional del 10 de enero de 2017.

1. ¿Por qué no estuvo presente el rector Luis Emilio Rondón
en la exposición de Tibisay Lucena? 

Según explicó, el Presidente de la Comisión de Participación Política y Financiamiento se opuso a la decisión de ubicar preliminarmente la recolección de firmas durante la última semana de octubre porque “se pudo fijar una fecha anterior, si las actividades para la preparación técnica y logística de las máquinas se iniciaran en la segunda quincena de agosto” (como lo propuso en la sesión del día lunes 8 de agosto) “y no a partir de la primera quincena de septiembre”, como acordaron Lucena, la vicepresidenta Sandra Oblitas y las rectoras Socorro Hernández y Tania D’ Amelio)

Rondón argumentó que “estos 38 días para el alistamiento de la plataforma tecnológica, que se incorporaron al cronograma, son más que suficientes para el despliegue de la totalidad de la infraestructura de los más de 14 mil centros de votación con los que cuenta el CNE para garantizar a los venezolanos el ejercicio de sus derechos políticos”.

Rondón, también presidente de la Copafi, reiteró en su declaración que no existe “ningún impedimento jurídico, tecnológico o logístico para que se cumpla con la ejecución del procedimiento de solicitud de revocatorio una vez cubiertos los extremos de la norma”. Además, dij oque “la voluntad de cumplir con nuestro deber constitucional como ente rector de los procesos electorales es fundamental (…) Aun así vimos cómo 5 días para constatar el 1%, previstos en el artículo 10 numeral 5 de la resolución nombrada, se convirtieron en más de treinta días”.

Según Rondón “el CNE debe actuar en el marco del principio de celeridad que obliga la norma para cumplir con su deber constitucional de garantizar que los venezolanos puedan expresar oportunamente su voluntad”.

2. ¿Por qué Lucena no divulgó antes
un cronograma del proceso?

La mayoría de las rectoras se negaron a esta petición reiterada. Sin embargo, en su declaración, Rondón le recordó a Tibisay Lucena que:

“la inexistencia de un cronograma desde el momento de la solicitud de la activación del revocatorio ha lesionado el principio de imparcialidad que debe garantizar el ente y ha ido en detrimento de la igualdad que debe existir entre las partes. Por eso insistí en la divulgación previa de un calendario integral de las tres fases de la solicitud del revocatorio: promoción, recolección del 20% y realización del referendo”

3. ¿La oposición comenzó el proceso del revocatorio
en abril, tal como indicó Lucena? 

No. El actual proceso merece recordar algunos temas: aunque la Presidente del CNE insiste en el conocimiento público de la normativa, es necesario acotar que durante el año 2007 el CNE aprobó realizar referendos revocatorio regionales en diez estados. Y para regular aquellos procesos se emitió la resolución del 7 de febrero de 2007 Número 070207-036 con las Normas para Regular el Procedimiento de Promoción y Solicitud de Referendo Revocatorios de Mandatos de Cargos de Elección Popular. Y el 27 de marzo se aprobó la resolución número 070327-341, que contiene la normas definitivas para regular los Referendos Revocatorios. Sin embargo, el 6 de septiembre de aquel año los rectores decidieron aprobar la resolución número 070906-2770, la cual contiene las referidas Normas para Regular la Promoción y Solicitud de Referendos Revocatorios, y con eso derogaron los instructivos anteriores.

Esta resolución apareció en la Gaceta Electoral 405 del 18 de diciembre de ese año. Y esta norma, aunque aprobada hace 9 años en ausencia de la Ley de Referendos, nunca había sido aplicada.

La oposición entregó la primera petición de inicio del proceso el 9 de marzo de 2016. Entre esta fecha y el 12 de abril, la MUD presentó cuatro peticiones distintas. La última incluía firmas de 2.040 electores que en asambleas de ciudadanos facultaban a la directiva de este partido a solicitar la recolección de firmas de 1%. Este requerimiento no está contemplado en las normas publicadas en la Gaceta Electoral 405.

Como se indicó en anteriores post de Prodavinci, aunque la presidenta del CNE asegure que la MUD incurrió en errores que generaron el retraso de este primer trámite administrativo, se debe también recordar que el organismo no fue diligente en ofrecer respuestas. Y se coloca como ejemplo la sesión del 17 de marzo, en la cual los rectores debían decidir sobre el contenido de la primera comunicación de la MUD. Aquella sesión no se celebró por la ausencia de Tibisay Lucena, quien se encontraba en Uruguay participando en las reuniones del Consejo Electoral de la Unión de Naciones Suramericanas. A la semana siguiente, el CNE no sesionó coincidiendo con el asueto de Semana Santa. Y en la semana siguiente a este asueto el tema no fue considerado en la sesión de rectores.

Durante la semana del 26 de marzo al 30 de marzo, el CNE se enfocó en el trabajo relativo al sorteo de electores que deberán prestar el servicio electoral este año.

La siguiente respuesta administrativa del CNE sobre la petición de la MUD se produjo el 7 de abril. En aquel momento, el organismo formalizó la petición de incluir la firma de los electores en la comunicación de la MUD solicitando la conformación de la agrupación de ciudadanos. Esa petición se entregó el 12 de abril y el CNE ofreció respuesta definitiva entregando la planilla de recolección de firmas de 1% el 26 de abril.

4. ¿Y las elecciones regionales? 

La presidenta del CNE volvió a omitir cualquier comentario sobre este evento electoral, el cual constitucionalmente debería realizarse en diciembre de 2016.

Eugenio G. Martínez 

Comentarios (4)

Carlos Mendez
9 de agosto, 2016

ESte retraso es un invento mas de los tantos que han creado las rectoras para evitar la salida de el PSUV del gobierno. Yo le sugiero a la MUD que sigamos adelante y sin amilanaranos recoger las firmas. Tomémoslo como un plesbicito, si recogemos 8 MM de firmas sería una victoria que desmoralizaría a este mal gobierno, además hay que presionar para la elección de Gobernadores, la cual deberíamos ganar por paliza para desmorallizarlos mas….aunque ellos como que no tienen moral.

Ruben Hurtado
10 de agosto, 2016

La vocera de este acto, que deberá analizarse y juzgarse por la ausencia de claridad por parte de le empleada mayor del cne, es otra muestra de la vulgar manipulación que usa el régimen para aferrarse al vicioso disfrute del poder. Una mayoría que in-constitucionalmente ocupa esas rectorias (por su condición de militantes del partido de gobierno), han venido vertiendo en cascada cualquier cantidad de objeciones para el ejercicio de un derecho político establecido en nuestra Constitución, y este mediodía le toco a la que funge de presidenta hacer su presentación. Pero como dice Martinez, nada definitivo, porque ya sus jefes les cambiaran las ordenes, cuando tengan el agua al cuello. Porque van de salida ¡¡¡

Olmar Centeno
11 de agosto, 2016

Tibisay? Si se lo ordenan. lo hará. Ya ha hecho cosas que escapan al raciocino de quienes no debemos obediencia a nadie de este mundo

ursulaconbypass
12 de agosto, 2016

El retraso del CNE es evidente, la falta de institucionalidad grotesca. El autor hace un buen recuento de lo ocurrido, que sirve para ubicar a quien no haya seguido el proceso desde sus inicios, pero no da respuesta a la pregunta del título, el lector se queda sin claridad ante la promesa hecha al comenzar a leer.

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