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Los Decretos-Leyes, la nueva AN y la economía en 2016; Anabella Abadi M. y Carlos García Soto

Los Decretos-Leyes, la nueva AN y la economía en 2016; Anabella Abadi M. y Carlos García Soto

El 31 de diciembre de 2015 venció la última Ley Habilitante otorgada por la anterior Asamblea Nacional (AN) al Presidente Maduro (G.O. Extr. N° 6.178, 15/03/2015) y bajo su aplicación se publicaron más de una decena de Decretos-Leyes el 30 de diciembre de 2015, muchos con el objeto de ampliar el control del Poder Ejecutivo sobre la economía, y para su vez reducir el ámbito de control de la AN electa el pasado 6 de diciembre.

En este sentido, el primer párrafo de la Exposición de Motivos del Decreto-Ley de reforma parcial de la Ley de Impuesto sobre la Renta (G.O. Extr. Nº 6.210, 30/12/2015) es muy significativo:

“La guerra económica instaurada por sectores contrarios al Estado Socialista, obliga a efectuar cambios trascendentales en el ordenamiento jurídico de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de garantizar el desarrollo de los ciudadanos y ciudadanas, el respeto a su dignidad, la construcción de una sociedad justa y la promoción de la prosperidad y el bienestar del pueblo”.

¿En cuáles áreas de la actividad económica impactan los Decretos-Leyes?

1. Funcionamiento y control sobre la actividad del Banco Central de Venezuela. Se reformó la Ley del Banco Central de Venezuela en tres temas fundamentales:

— asignar las competencias de la AN para la designación de autoridades del BCV al Presidente de la República;
— otorgar competencias al Directorio del BCV y al Presidente de la República para clasificar información como “secreta” o “confidencial”, lo cual reduce las posibilidades de control sobre la actuación del BCV y acerca el estado de la economía del país, y
— otorgar competencia al BCV para dar financiamiento al Estado a solicitud del Poder Ejecutivo.

2. Control del Presupuesto Nacional. Se reformó el régimen del control presupuestario a través del Decreto-Ley de reforma a la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (G.O. Extr. N° 6.210, 30/12/2015). La reforma implica, básicamente,

— que el Presidente de la República en Consejo de Ministros tiene competencia para tomar decisiones sobre el monto, la distribución y la disposición de los recursos o las asignaciones que hayan sido creados por Leyes, y
— se suprime la competencia de la Comisión Permanente de Finanzas de la AN para aprobar cada operación de crédito público. A partir de la reforma, sólo se requiere que el Poder Ejecutivo informe semestralmente a la AN de las operaciones de crédito previstas en la Ley Especial de Endeudamiento Anual.

3. Régimen tributario. Se realizaron reformas al régimen tributario, con el objetivo de aumentar la recaudación tributaria:

— creación del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras a través del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (G.O. Extr. N° 6.210, 30/12/2015);
— modificación del Impuesto sobre la Renta, a través del Decreto-Ley de reforma de la Ley del Impuesto sobre la Renta (G.O. Extr. Nº 6.210, 30/12/2015), y
— se reformó Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), (G.O. Extr. Nº 6.211, 30/12/2015).

4. Régimen cambiario. A través del Decreto-Ley de reforma de la Ley del Régimen Cambio y sus Ilícitos (G.O. Extr. N° 6.210, 30/12/2015), se estableció un régimen más restrictivo, lo que se manifiesta fundamentalmente en:

— la referencia al Sistema de Certificados de Producción;
— la obligación de informar las operaciones cambiarias realizadas en el país;
— el aumento de sanciones penales y administrativas, y (iv) la creación de nuevos delitos.

5. Aspectos regulatorios de algunos sectores económicos. Por otra parte, a través de diversos Decretos-Leyes se reformaron puntualmente aspectos de la legislación correspondiente a diversos sectores económicos:

— Decreto-Ley de reforma a la Ley de Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación del Oro y demás Minerales Estratégicos (G.O. Extr. N° 6.210, 30/12/2015);
— Decreto-Ley de reforma de la Ley Orgánica para el Desarrollo de las Actividades Petroquímicas (G.O. Extr. N° 6.210, 30/12/2015);
— Decreto-Ley sobre reforma de la Ley de la Actividad Aseguradora (G.O. Extr. N° 6.211, 30/12/2015), y (iv) Decreto-Ley de reforma a la Ley de Mercado de Valores (G.O. Extr. N° 6.211, 30/12/2015).

¿Cuáles pueden ser los próximos escenarios?

Los Decretos-Leyes distados implican un nuevo asunto en la agenda parlamentaria de la AN. Parecería pertinente comenzar por los Decretos-Leyes sobre el Banco Central de Venezuela y sobre la Administración Financiera del Sector Público: disminuir el control de la AN sobre el Fisco da carta blanca al Gobierno Central para seguir promoviendo un marcado desorden fiscal y continuar financiando el déficit vía emisión monetaria. Esto, en suma, generará aún mayores presiones inflacionarias.

Todo el entramado económico-legal —incluyendo los recientes Decretos-Leyes— también debe ser revisado en detalle. El excesivo control del Gobierno Central sobre la economía y la ausencia de Estado de Derecho para la protección de los intereses del sector productivo privado, seguirán mermando la producción local y desincentivando una muy necesaria inversión extranjera, sobre todo en un contexto de bajos precios petroleros: el 12 de enero de 2015, el Presidente Maduro afirmó que el barril petrolero venezolano se ubicaba en US$ 24.

Aún más, se espera —y preocupa— que el nuevo gabinete económico profundice el modelo de planificación centralizada y controles. Además, el Presidente Maduro anunció la presentación de un Decreto de Emergencia Económica que sometería a aprobación de la AN el Presidente de la República, pero habrá que analizarlo en todo caso una vez sea efectivamente presentado.