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De 1811 a 2017: Asambleas constituyentes y constituciones en la historia de Venezuela; por Carlos García Soto

Manifestantes opositores realiza concentración nocturna para rendir homenaje a los caídos durante las protestas. 17 de mayo de 2017. Fotografía de Verónica Aponte. Haga click en la imagen para ver la fotogalería completa

Manifestantes opositores realizan una concentración nocturna para rendir homenaje a los caídos en contexto de protesta. 17 de mayo de 2017. Fotografía de Verónica Aponte. Haga click en la imagen para ver la fotogalería completa

La historia institucional de Venezuela ha presenciado varios “procesos constituyentes” y reformas constitucionales así como otras tantas constituciones producto de esos procesos: hemos tenido cierta debilidad para convocar procesos de este tipo o al menos para reformar la Constitución. Algunas veces, como en 1811 o en 1947, la nueva Constitución implicó una ampliación de los derechos de los ciudadanos. Otras veces, como entre 1908 y 1935, las reformas a la Constitución sirvieron para aumentar los poderes del presidente. Como ocurrió, precisamente, también en el proceso constituyente de 1999.

Como ha advertido el profesor Allan R. Brewer-Carías, hasta 1999 los “procesos constituyentes” que dieron lugar a constituciones siempre fueron el resultado de una ruptura del hilo constitucional, generalmente a partir de las distintas revoluciones que han marcado nuestro calendario político. El proceso constituyente de 1999 no fue la excepción debido al carácter fraudulento de su convocatoria.

Pero, en realidad, a los únicos procesos constituyentes a los que genuinamente puede dárseles ese calificativo son al de 1811 cuando comienza el tránsito de la monarquía a la república, y al proceso constituyente en 1830 cuando se produce la separación de Venezuela de la Gran Colombia. Propiamente, el Estado venezolano se constituyó en 1811, con lo que no hace ni ha hecho falta en realidad ni “reconstituirlo” ni “refundarlo” de nuevo.

Por esto, los términos “Asamblea Nacional Constituyente” o “proceso constituyente” han sido utilizados en varias oportunidades como una excusa para la obtención del poder, o para la ampliación de las competencias presidenciales. En otras ocasiones, como en el período entre 1908 y 1935 no se convocaron “procesos constituyentes”, sino que se procedió a realizar enmiendas puntuales a la Constitución para ajustar así las constituciones a las necesidades políticas que se querían atender en el momento.

Por supuesto, en el contexto de las distintas crisis políticas que conforman la historia de Venezuela, alrededor de estas constituciones se dictaron muchos actos que intentaron regular alguna situación de hecho. Y así, junto a las constituciones, se dictaron actos de contenido político: desde el que confirió al Libertador poderes extraordinarios en 1813 y 1814 hasta el Acta Constitutiva de la Junta Revolucionaria de 1945, pasando por el Decreto del General Castro mediante el cual asume la jefatura del Poder Ejecutivo en su carácter de Jefe de la Revolución Liberal Restauradora el 23 de octubre de 1899.

El primer Congreso constituyente:
el Supremo Congreso de Venezuela y la Constitución de 1811

Como hemos explicado aquí en Prodavinci, el 2 de marzo de 1811 se instaló el primer Parlamento en el país: el Supremo Congreso de Venezuela, también conocido como el Congreso Constituyente de 1811. Aquel Parlamento se convocó según lo dispuesto en el Reglamento de Elecciones redactado por Juan Germán Roscio, el cual dictó el 11 de junio de 1810 la Junta Suprema de Venezuela Conservadora de los Derechos de Fernando VII.

Ese Supremo Congreso de Venezuela daría lugar al Acta de Independencia del 5 de julio de 1811 y, también, a la tercera Constitución del mundo moderno: luego de la Constitución estadounidense (1787) y la francesa (1791) se firmó el 21 de diciembre de 1811 la Constitución Federal para los Estados de Venezuela, justo antes de terminar las sesiones por ese año y será aprobada por 37 diputados, representantes de las 7 provincias confederadas para el momento: Barcelona, Barinas, Caracas, Cumaná, Margarita, Mérida y Trujillo. Francisco de Miranda la firmaría realizando observaciones al texto aprobado, advirtiendo que en su opinión carecía de “un justo equilibrio” y que la Constitución no sería conforme “con la población, usos y costumbres de estos países”.

La vigencia de la Constitución de 1811 fue efímera. Diversas razones dieron lugar a la llamada “caída de la Primera República”. De hecho, al sistema institucional creado por la Constitución de 1811, según el cual el Poder Ejecutivo no era fuerte, se atribuye, entre otras razones, la caída de la Primera República. El mismo Bolívar criticaría amargamente el esquema de la Constitución de 1811 en su Manifiesto de Cartagena de 1812 y luego en el Discurso de Angostura de 1819.

Las Constituciones del siglo XIX

A la Constitución de 1811 le seguiría las Constituciones de 1819, llamada como “Constitución de Angostura”, e influenciada por algunas de las ideas de Simón Bolívar. La Constitución de 1819 sería sustituida por la Constitución de 1821, la cual promulgada por Bolívar luego de la Batalla de Carabobo. Poco antes de morir Bolívar, el Congreso de Valencia dictaría la Constitución de 1830, promulgada por José Antonio Páez, que sellaría nuestra separación de la Gran Colombia.

Esta Constitución de 1830 sería una de las constituciones con mayor tiempo de vigencia: sólo será sustituida por la Constitución de 1857. Sin embargo, esta Constitución de 1857, que fue impulsada por Monagas para asegurar su reelección, sería a su vez sustituida por la Constitución de 1858, producto de la Gran Convención Nacional convocada por Julián Castro quien lideraba la Revolución de Marzo.

Luego de las Guerras Federales, la Constitución de 1858 sería objeto de reforma por la Constitución de 1864 y va a recoger la repartición del poder de los caudillos regionales. La Constitución de 1864 tendría una vigencia de 10 años, siendo objeto de reforma constitucional para dar lugar a la Constitución de 1874 luego de la Revolución Azul y de la Revolución de 1870. La Constitución de 1874, a su vez, sería objeto de reforma constitucional, para dar lugar a la Constitución de 1881, luego de la Revolución Reivindicadora de 1879.

La Constitución de 1881, muy influenciada por Antonio Guzmán Blanco, y conocida en nuestra historia constitucional como la “Constitución Suiza”, también tendría una vigencia de 10 años, siendo sustituida por la Constitución de 1891.

Luego de la Revolución Legalista, la Constitución de 1893 será la última del siglo XIX.

Las constituciones del siglo XX

El siglo XX vería su primera Constitución en 1901, con la llegada de los andinos al Poder, a partir de la Revolución Liberal Restauradora. A partir de esta Constitución se irá desmontando progresivamente la estructura federal que se había instaurado a través de las constituciones del siglo XIX.

La Constitución de 1901 será reformada por la Constitución de 1904.

Luego de asumir el poder, el General Gómez promoverá hasta siete reformas puntuales a la Constitución, siempre para apalancarse en el poder. Y así, se dictarán las constituciones de 1909, 1914 —previo Estatuto Constitucional Provisorio de los Estados Unidos de Venezuela de 1914—, 1922, 1925, 1928, 1929 y 1931.

Con la muerte del General Gómez y los sucesos que comienzan a darse a partir de la asunción de la presidencia del General López Contreras, se dictará la Constitución de 1936. Tras la muerte de Gómez, esta Constitución empieza a recoger las exigencias de libertades políticas, sociales y económicas que el país planteaba con mayor énfasis. La Constitución de 1936 será sustituida por la Constitución de 1945; sin embargo sólo tuvo una vigencia de meses debido a la Revolución de Octubre.

La Asamblea Constituyente de 1947, presidida por Andrés Eloy Blanco, dará lugar a la Constitución de 1947 que incluyó importantes avances en el reconocimiento de los derechos de los venezolanos y en la regulación orgánica del Estado venezolano. La vigencia de la Constitución de 1947 sería breve debido al golpe que derrocó al gobierno de Rómulo Gallegos. La Junta Militar de Gobierno, en una acción que constituía un retroceso en los derechos conquistados, declaró que se aplicaría la Constitución de 1945 si bien reconocía que podía aplicar las disposiciones más progresivas previstas en la Constitución de 1947.

En 1953 una Asamblea Constituyente, bajo la dictadura militar, dictaría una nueva Constitución que implicaba la disminución de los derechos y garantías previstas en las constituciones de 1945 y 1947.

Con el inicio del período democrático, tendrá lugar la Constitución de 1961 —la de más larga vigencia en la historia de Venezuela— que será sustituida por la vigente de 1999. La Constitución de 1961 fue producto de la Revolución de 1958 y es un reflejo del Pacto de Punto Fijo (también de 1958). Con la Constitución de 1961 se estableció el cauce institucional para que por primera vez en nuestra historia republicana, partidos políticos de distintas ideologías pudieran sucederse de modo pacífico en el ejercicio del poder.

El proceso constituyente de 1999: el último “proceso constituyente”

En 1999 fue la última experiencia de tipo “constituyente” en el país. En 1998, la principal oferta electoral del entonces candidato Hugo Chávez fue la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Ese proceso dio lugar a la Constitución de 1999, hoy vigente.

A pesar de lo atropellado, arbitrario y fraudulento que resultó el proceso constituyente de 1999, o quizá precisamente por ello, el entonces Presidente Chávez alabó en diversas oportunidades el texto de la Constitución de 1999. Para el oficialismo, esa Constitución se convirtió en un verdadero “documento fundacional”. Desde el año 2000, la justificación de la actuación estatal se encontró siempre en la Constitución de 1999, aun cuando en muchas ocasiones esa actuación suponía, irónicamente, una violación de la propia Constitución.

De la Constitución de 1999
a la Asamblea Nacional Constituyente de 2017

Luego de la victoria electoral que dio inicio a un segundo período presidencial, el entonces presidente Chávez planteó la necesidad de ir a un proceso de reforma constitucional. La propuesta formulada, se recordará, suponía una ampliación de los poderes presidenciales, la reducción del ámbito de libertades políticas y económicas y la instauración de lo que en el momento se denominó como el “Estado comunal”, sobre la base del llamado “Poder Popular”.

El 2 de diciembre de 2007, el pueblo rechazó la propuesta de reforma constitucional en un referendo. Prevaleció la idea en el electorado que se trataba de una propuesta fraudulenta que en el fondo pretendía aumentar los poderes del Estado y restringir las libertades de los ciudadanos. Uno de los argumentos que utilizaron quienes se oponían a la reforma constitucional, era que los cambios que se pretendían realizar a la Constitución de 1999 eran de tal magnitud que en realidad para proponer tales cambios era preciso convocar una Asamblea Nacional Constituyente. Es sabido cómo a pesar de que el electorado rechazó la propuesta de reforma constitucional de 2007, luego se intentó implementar varios de los aspectos de su contenido como ocurrió con las “Leyes del Poder Popular” en diciembre de 2010.

Otro de los aspectos que se incluían en la propuesta de reforma constitucional era establecer la reelección indefinida del Presidente de la República. A pesar de que esa propuesta particular había sido rechazada por el pueblo al votar en contra de todo el proyecto de Constitución, al año siguiente el presidente Chávez propondría una enmienda constitucional que permitiera la reelección indefinida del presidente, de gobernadores, de diputados a las Asambleas Legislativas, de alcaldes y diputados a la Asamblea Nacional. A diferencia de lo ocurrido en el año 2007, en esta ocasión el pueblo votaría mayoritariamente a favor de la propuesta de enmienda, de manera que la reelección indefinida comenzó a formar parte de la Constitución. Uno de los argumentos de quienes se oponían a la enmienda, era que resultaba fraudulenta puesto que la propuesta, en concreto, ya había sido rechazada por el pueblo en la reforma de 2007.

Luego de la aprobación de la enmienda no se había cuestionado la pertinencia y vigencia de la Constitución de 1999 hasta que el 1 de mayo el presidente Maduro anunció que se llevaría a cabo un proceso constituyente. Convocar una Asamblea Constituyente viola la Constitución de 1999, ya que es el pueblo el que debe convocar y no el presidente tal y como señalan los artículos 347 y 348 de la Constitución. A saber, el artículo 348 señala que el presidente, en consejo de ministros, puede tomar la iniciativa de convocar un proceso constituyente, pero el artículo 347 especifica que es el pueblo el verdadero convocante de este proceso. Los riesgos que supone un proceso constituyente para Venezuela han sido ampliamente discutidos en las últimas semanas.

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Nota bibliográfica: Afortunadamente, la bibliografía sobre las asambleas constituyentes y las constituciones en la historia de Venezuela es amplia. Una visión general puede encontrarse, por supuesto, en la Historia Constitucional de Venezuela de José Gil Fortoul, pero más recientemente, por ejemplo, en la muy cuidada recopilación con estudio introductorio de Allan R. Brewer-Carías Las Constituciones de Venezuela, tomo I y II, Academia de Ciencias Políticas y Sociales, Caracas, 2008. También en la muy completa obra colectiva coordinada por Elena Plaza y Ricardo Combellas Procesos constituyentes y reformas constitucionales en la Historia de Venezuela: 1811-1999, Tomos I y II, Universidad Central de Venezuela, Caracas, 2005.