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Crueldad en video: delitos a la luz pública; por Jesús Alejandro Loreto C.

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Hasta el final de este texto, usted no encontrará mi opinión, la cual prefiero reservar para la conclusión. He intentado hacer un análisis jurídico, tan objetivo como pude, de un video difundido por las redes sociales. En las imágenes se aprecia a varios funcionarios motorizados, vistiendo uniformes de la PNB y de la GNB aprehender a una sola persona, en el municipio Urbaneja, en la localidad de Lechería del Estado Anzoátegui. La supuesta identidad de esa persona ha sido revelada, así como su condición de autista; específicamente padece síndrome de Asperger.

Le pido que a continuación vea este video.

Voy a asumir que siendo Prodavinci una plataforma digital, usted está leyendo este artículo a través de un dispositivo con acceso a Internet, por lo que le pido que haga click en este enlace. Puede también copiar y pegar en su navegador el siguiente texto https://youtu.be/3NDzJB–ZLE.

 

Habiendo visto el video, espero siga leyendo sin tomar mis palabras como ciertas, pero a los fines del análisis debo hacer un breve relato de mi apreciación.

Lo que se ve en el video

En las imágenes se aprecia a una persona vestida completamente de color negro, con pantalones deportivos cortos y franela sin mangas, usa barba y no tiene cabello. Esta persona porta un pequeño morral de color rojo, luce desorientado y camina lentamente por lo que parece ser un estacionamiento. La persona es de sexo masculino, de 1,75 metros de estatura aproximadamente y de unos 80 kilogramos de peso. El hombre no lleva nada en las manos y no hace gestos que hagan presumir que buscaba, entre su ropa o en el morral, armas o algún otro objeto.

Instantes después, se acercan dos motocicletas, cada una con dos efectivos de la GNB que portan cascos, chalecos y protectores corporales. Una de las motos, la de color blanco, se aproxima al hombre, quien no huye, y mientras tiene los brazos abajo recibe un golpe en la cabeza de parte del hombre que conduce la motocicleta más cercana. Seguidamente, los pasajeros de ambas motocicletas se bajan rápidamente y se acercan al hombre, uno de los cuales tiene un arma de fuego larga con la cual golpea al hombre, mientras otro uniformado lo hace con sus manos, ante lo cual el hombre de negro por primera vez alza las manos y las usa para alejar a uno de los uniformados que pierde el casco, por lo cual puede verse que lleva cubierto el rostro.

El hombre calvo vestido de negro da un par de pasos, retrocede y se aleja de los dos uniformados, a quienes vuelve a encarar al tiempo que entra en escena otra motocicleta blanca, con dos hombres que portan uniformes de la PNB. Mientras esto sucede, aparece otro uniformado de la GNB, quien se aproxima por la espalda del hombre de negro, a quien golpea en la cabeza repetidas veces, al tiempo que llegan otras dos personas con uniformes de la GNB. Estos últimos tienes escudos y rolos, con los cuales golpean al hombre calvo, quien para entonces parece haber caído al suelo, pues su cuerpo esta oculto tras una motocicleta blanca de la GNB.

El hombre que porta uniforme de la PNB y que oculta su rostro, recupera su casco y lo usa para golpear al hombre de negro, mientras los demás uniformados lo patean en el suelo. El mismo uniformado con el rostro cubierto, lo alza y lo monta en una motocicleta de la PNB, la cual no puede avanzar, lo que aprovecha el hombre de negro para bajarse y tratar de huir, aunque no lo consigue, pues el uniformado con el rostro cubierto baja de la moto y lo golpea.

Por segunda vez el hombre de negro alza las manos y por primera vez lanza un golpe a la cara de quien lo golpeaba en ese instante, a quien se quita de encima. Inmediatamente es rodeado por cuatro uniformados, quienes le asestan golpes con sus manos y escudos varias veces, mientras permanece en el suelo. Uno de ellos lo alza y el resto se aleja, aunque llegan otros que también golpean al hombre de negro, que vuelve a caer al piso pero se mantiene consciente. Los uniformados lo sientan en el piso, lo levantan, y entre tres lo montan en una motocicleta golpeándolo con manos y rolos. Para este momento el hombre de negro tiene la cabeza roja y prácticamente no se mueve.

El video dura solo dos minutos y no he tenido acceso a información sobre lo que sucedió inmediatamente antes o después de lo que quedó registrado en el video, almacenado en el vínculo que compartí.

Fuerza bruta e innecesaria

Nada de lo que aparece en el video permite inferir que el hombre de negro constituía una amenaza para los uniformados que lo golpearon una y otra vez. La víctima de la golpiza no opuso resistencia a la aprehensión, sino a los maltratos que estaba recibiendo. El lenguaje corporal y los gestos del hombre calvo no dan lugar a pensar que haya insultado o amenazado a los uniformados que tanto lo golpearon.

Los uniformados claramente superaban en número al detenido. De hecho, en algún momento, llegaron a ser hasta ocho y nunca hubo menos de dos junto a él. El hombre de negro, estaba desarmado, y cuando se acercaron a él los primeros dos uniformados, no los agredió y solo alzó las manos para protegerse de los golpes que estaba recibiendo. La víctima de los golpes y patadas no es mucho más grande o pesado que quienes lo lesionaron.

Los uniformados tenían implementos diseñados para protegerse adecuadamente, a diferencia del hombre de negro que apenas vestía shorts y franelilla. El hombre de negro fue sometido; no obstante, los uniformados lo siguieron golpeando cuando ni siquiera tenía fuerzas para protegerse de los incesantes golpes.

Detención salvaje

En el video no hay evidencia de que el hombre de negro hubiese realizado algún acto que les permitiera suponer a los uniformados que este había cometido algún un delito. Por lo que no encuentro motivos para decir que la detención era legítima. No obstante, debo presumir la buena fe de los uniformados y digamos, en beneficio del análisis legal, que este hombre que vestía de negro, poco antes había cometido un delito gravísimo, que además se regocijaba por ello y que se burlaba de los uniformados, a quienes insultaba y amenazaba.

El uso de la fuerza por parte de funcionarios policiales no está permitido como una forma de castigo, de manera que incluso el peor de los delincuentes, tiene derecho a ser detenido de acuerdo a los preceptos constitucionales respectivos. El uso de la fuerza debe ser proporcional y solo está justificado para repeler un agresión ilegitima, o para evitar la comisión de un hecho punible o para protegerse a sí mismo o a la población de un daño inminente. En ese sentido, cualquier hecho anterior a las imágenes que aparecen en el video y que hubiere justificado su aprehensión, no permitían darle la paliza que recibió, pues este hombre de shorts y franelilla no opuso resistencia.

 

Insisto: en el video no hay una sola evidencia o indicio que dé pie a pensar que el hombre de negro merecía ser objeto de semejante golpiza. Suponga usted que este hombre hubiese dicho el peor de los improperios a los uniformados y que además amenazase con cometer atrocidades contra sus seres queridos. Ni así debía ser maltratado, pues así lo dispone la Constitución.

Crueldad delictiva

La Asamblea Nacional, presidida por Diosdado Cabello promulgó la Ley Especial para prevenir y sancionar la Tortura y otros tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes. Al respecto, en su momento, el Diputado Cabello dijo que un instrumento de esta naturaleza solo era posible en Revolución, pues en la década de los sesenta y setenta era común este tipo de prácticas, y que además era impensable que fuesen castigadas.

Vale la pena establecer entonces qué dice esa Ley sobre el trato que recibió el hombre de negro. En el artículo 18 de ese instrumento normativo dice que el funcionario que inflija trato cruel a una persona sometida o no a privación de libertad con la finalidad de castigar o quebrantar la resistencia física o moral de ésta, genere sufrimiento, daño físico o psíquico, será sancionado con pena de trece a veintitrés años de prisión.

He dejado claro que la violencia con que se practicó la detención del hombre de negro fue innecesaria, desproporcional y absolutamente ilegal. Cada golpe y cada patada que recibió el hombre calvo tenía un claro propósito; romperlo física y emocionalmente. Golpear a un hombre indefenso, desarmado y que además no hizo nada para terminar detenido o lesionado, perseguía un objetivo, hacerlo sufrir, y le pido a Dios que semejante acto de crueldad no haya estado motivado por la posición política de la víctima o por su condición de autista.

Tolerancia cómplice

Me reservé mi opinión personal —no jurídica— para concluir, pues no quería influir en usted al adelantar lo que para mí es inobjetable; las imágenes me llenan de frustración e impotencia, pues lo que percibo de ellas es cobardía e inhumanidad, y eso es completamente intolerable. Créame cuando le digo que pudiera llenar este artículo con calificativos, epítetos, insultos y groserías, pero prefiero insistir solo en intolerable, pues esa palabra tiene efectos jurídicos sobre los cuales voy a hacer énfasis para terminar.

He leído y debo aplaudir las palabras de Tarek William Saab sobre este triste y repugnante hecho, pues supo decir que la detención fue arbitraria y el trato recibido por el hombre de negro, fue cruel, inhumano y degradante. Solo aspiro a que los oficiales superiores de los uniformados responsables de la salvaje paliza tengan la misma posición mía y del Defensor del Pueblo.

Ojalá los superiores identifiquen a los agresores y se encarguen de que sean enjuiciados y condenados en un proceso con estricto apego a la ley y la constitución, pues de lo contrario no solo estarían tolerando la crueldad, sino que estarían siendo cómplices de ella y pasarían a ser colaboradores. Y como tales, merecerían la misma pena que deben recibir quienes golpearon y patearon al mencionado ciudadano. Así lo disponen los artículos 15 y 19 de la Ley Especial para prevenir y sancionar la Tortura y otros tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes.