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¿Cuáles son las sanciones que suele utilizar la comunidad internacional?; por Mariano de Alba

Por Mariano de Alba | 21 de julio, 2017
El Departamento del Tesoro de Estados Unidos anunció en 2012 que aplicaría sanciones a empresas que compraran petróleo iraní. Fotografía de Vahid Salemi para AP

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos anunció en 2012 que aplicaría sanciones a empresas que compraran petróleo iraní. Fotografía de Vahid Salemi para AP

Los Estados Unidos de América y la Unión Europea han manifestado su disposición a imponer sanciones a Venezuela si el gobierno concreta la convocatoria de la Constituyente. Ya Estados Unidos sancionó a funcionarios venezolanos por considerar que están involucrados en violaciones de derechos humanos o narcotráfico. Ahora, vista la posible radicalización de la situación con la propuesta Constituyente, existe una posibilidad de que Estados Unidos acentúe las sanciones a funcionarios y también imponga sanciones económicas, según lo manifestó el presidente Donald Trump. Igualmente, la Unión Europea ha reconocido que está dispuesta a evaluar un paquete de sanciones en caso de concretarse la Constituyente. En consecuencia, resulta pertinente evaluar cuáles son las sanciones que suele utilizar la comunidad internacional en estos casos.

Este reporte no considera medidas diplomáticas, tales como el retiro de embajadores y el cese de relaciones diplomáticas, las cuales podrían ser adoptadas por algunos países de América Latina. Tampoco considera sanciones que podrían ser impuestas por organizaciones internacionales como las Naciones Unidas, ya que en ese caso específico tendrían que ser aprobadas por el Consejo de Seguridad sin el veto de sus miembros permanentes. Este escenario al día de hoy parece poco probable si se considera que dos de esos miembros son China y Rusia.

Las posibles sanciones

Una evaluación de los esquemas de sanciones impuestos por Estados Unidos y Europa en los últimos años revela que las medidas impuestas responden específicamente a las circunstancias y condiciones del país a ser sancionado. Hecha esta salvedad, es posible explicar las categorías de las sanciones que podrían ser aplicadas a Venezuela.

Prohibición de ingreso y/o revocación de visas: Esta posibilidad ya ha sido puesta en práctica por Estados Unidos a diversos funcionarios del régimen venezolano. En muchos casos, el gobierno estadounidense ni siquiera ha dado a conocer a quiénes se les ha revocado la visa para ingresar a ese país. En consecuencia, es probable que el gobierno estadounidense imponga esta medida a un mayor número de funcionarios, sus familiares o asociados. En Europa sí se trataría de una medida novedosa con respecto a Venezuela, y podría constar de la revocación de visa (para aquellos países en los que sea aplicable) o una prohibición general de entrada a cada país miembro.

Congelamiento de activos y/o multas: Esta es otra medida que ya ha sido impuesta por Estados Unidos a funcionarios y personas jurídicas vinculadas al gobierno venezolano, tal y como lo prevé Ley para la Defensa de los Derechos Humanos y la Sociedad Civil de Venezuela aprobada por el Congreso estadounidense en 2014. Por ende, podría ser extendida a más individuos o empresas. La Unión Europea, en su conjunto, no ha congelado activos (cuentas bancarias, inmuebles, etc.) de funcionarios del gobierno venezolano, por lo que se trataría de una medida inédita. Cabe destacar que el congelamiento de activos adoptado por la Unión Europea no es automáticamente aplicable en Suiza, país que en el pasado lo ha replicado en diferentes casos, pero primero evalúa las medidas independientemente.

Restricciones al sector energético: Siendo Venezuela un país petrolero, las medidas en este ámbito podrían ser diversas y muy significativas. En el caso de Estados Unidos, nuevamente no se trataría de una medida inédita, ya que en 2011 el gobierno de Barack Obama sancionó a Petróleos de Venezuela S.A (PDVSA) por suministrar petróleo a Irán. En esa oportunidad le prohibió competir en licitaciones para contratos con el gobierno estadounidense, solicitar créditos al Banco de Exportaciones e Importaciones (Eximbank) y obtener licencias de exportación. Estas prohibiciones se levantaron en 2015 luego del acuerdo entre Irán, la Unión Europea y Estados Unidos.

En esta oportunidad se conoce que la Casa Blanca está considerando dos grandes categorías de medidas: primero, sanciones a PDVSA como parte de un “paquete sectorial”, y segundo una posible pero improbable prohibición (o embargo) a la importación de crudo venezolano.

El paquete sectorial podría incluir una prohibición a personas y/o empresas estadounidenses (e incluso empresas extranjeras con operaciones en Estados Unidos) de sostener transacciones con PDVSA. Esa fue una de las sanciones que Estados Unidos impuso al sector petrolero iraní como consecuencia de su programa nuclear. La definición de los términos específicos de la medida sería crucial, porque ello determinaría si únicamente sería sancionada la empresa estatal o también sus filiales. Cabe recordar que estas tienen participación en empresas en distintos países, tales como Refidomsa, una refinería de petróleo en República Dominicana, y CITGO. Esta última compañía es propiedad de PDVSA y se trata del mayor refinador de crudo venezolano en Estados Unidos. Cuenta con una importante red de distribución con estaciones de servicios en ese país. También es posible que las sanciones sean parciales, como por ejemplo prohibiciones a empresas estadounidenses de venderle a PDVSA equipos y repuestos petroleros.

El embargo a la importación de crudo venezolano también es una opción, aunque menos probable. Estados Unidos lo ha impuesto a países como Irán o Siria y en esos dos casos la Unión Europea lo ha secundado. Funcionarios de la Casa Blanca han manifestado reservas y preocupación por el efecto que podría tener una medida de esa naturaleza en la situación económica de Venezuela, ya que podría acentuar la crisis humanitaria. Se estima que perjudicaría a empresas estadounidenses dedicadas a la refinación (como Valero Energy y Chevron) y que se especializan en el tratamiento del crudo pesado venezolano.

Si se llegara a imponer esta medida tampoco se puede descartar que la prohibición sea parcial. Por ejemplo, de forma gradual, por un número determinado de días o imponiendo un gravamen especial por cada barril que sea importado. De manera previsible, el efecto sería muy fuerte para la industria petrolera y la economía venezolana, ya que aproximadamente 95% de las divisas que entran a Venezuela provienen de las exportaciones petroleras y en abril de 2017, por ejemplo, se exportaron unos 795.000 barriles diarios al mercado estadounidense.

Restricciones financieras y/o bancarias: Asimismo, sería posible que Estados Unidos y/o Europa prohibieran a sus instituciones financieras o bancos involucrarse en operaciones con el Estado venezolano, con PDVSA o cualquier otra empresa estatal o privada que sea sancionada. En este ámbito, es importante recordar que estas restricciones pudiesen ser eventualmente implementadas por Estados Unidos y Europa sobre transacciones fuera de su jurisdicción, en Asia, por ejemplo, siempre y cuando estén denominadas en dólares o euros. Por ejemplo, Estados Unidos ha impuesto prohibiciones a instituciones financieras estadounidenses de mantener cuentas bancarias a ciertos países, como es el caso de Irán y Myanmar. Asimismo, podrían imponerse sanciones específicas para limitar el movimiento de fondos en posibles casos de corrupción, narcotráfico y lavado de dinero.

Restricciones comerciales y/o inversiones: Finalmente, Estados Unidos y/o Europa podrían imponer otras restricciones comerciales, tales como prohibir a personas jurídicas estadounidenses o de países de Europa sostener operaciones de comercio con Venezuela o empresas venezolanas específicas. Usualmente, estas sanciones buscan limitar las actividades de un sector y visto que ya consideramos al petrolero, podrían ser por ejemplo en contra de cualquier empresa del sector minero o militar venezolano, incluyendo un embargo de armas. Las restricciones de este tipo, al igual que las impuestas al sector petrolero, también podrían buscar específicamente prohibir la firma de contratos de interés público sin la aprobación por la Asamblea Nacional.

Mariano de Alba 

Comentarios (3)

daniel caraballo
21 de julio, 2017

Pienso que cualquier medida que se tome contra del pais seria perjudicial para todos al igual que las protestas, pero si por ejemplo no se hubiese tomado la desicion de ir a protestas no estariamos donde estamos por que el gobierno voluntariamente no hiba a hacer nada es decir seguiria haciendo lo que le de la gana,ahora bien las medidas que se tomen internacionalmente pueden tambien servir de algo y muy bueno por que ya es dificil estar peor solo los chavistas de a pie no lo quieren ver y se dejan engañar,que Dios los perdone

Manuel
21 de julio, 2017

Siempre va vaa haber un país que querrá hacer ndgocios con Venezuela. SKo algo hemos aprendido de esta situación es que no hay países amigos… Todo es cuestión de intereses

Kondorito Konstitución
22 de julio, 2017

Es público, notorio y comunicacional que las sanciones a países con pueblo democrático y gobierno dictatorial solo perjudican al pueblo y “atornillan” al gobierno. Lo que impulsa el gobierno bolivariano no es una Asamblea Nacional Constituyente (ANC), porque para que lo sea tiene que tener la condición “sine qua non” de estar aprobada PREVIAMENTE por la mayoría del pueblo en un referéndum. Lo que propone el gobierno bolivariano tiene otro nombre: ANC Sectorial-Regional, ANC Comunal, ANC Prostituyente, ANC Cubana, ANC Bodrio, ANC TrampaCazaBobos, ANC “Tramparente”, ANC…y con ninguno de esos nombres aparece en la Constitución Bolivariana de la República Bolivariana, ni en la Güiquipedia de la cuarta república. Es público notorio y comunicacional que Raimundo y todo el mundo dicen que lo que le pase al pueblo democrático venezolano, al gobierno bolivariano le sabe a casabe. ♫ Un ojo dimos (José Bambaito Guzmán) ♫

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