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10 cosas que debe saber sobre la aplicación de la Carta Democrática a Venezuela; por Verónica Egui

OEA Carta Democratica 640

Por primera vez un Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, Luis Almagro, hace uso del artículo 20 de la Carta Democrática Interamericana para solicitar la convocatoria de un Consejo Permanente de los Estados miembros a fin de “realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime convenientes” sobre Venezuela. La reunión se llevaría a cabo entre el 10 y 20 de junio de 2016.

Con un informe de 132 páginas Almagro advierte que el Consejo Permanente deberá atender la alteración del orden constitucional y cómo afecta el orden democrático de Venezuela. El Secretario General da ocho recomendaciones al Gobierno venezolano para solventar la crisis, antes de pedir invocar la Carta Interamericana.

1. ¿Cuál es el argumento principal de Luis Almagro
para convocar al Consejo Permanente?

Según Luis Almagro, no hay duda de que ha sido alterado el orden democrático de Venezuela, por lo que explica que “en Venezuela se perdió la finalidad de la política. Se olvido defender el bien mayor y colectivo a largo plazo sobre el bien individual a corto plazo. Un gobernante debe basar su acción en una visión del Estado, una visión de largo plazo”.

2. ¿Cuáles son las normas que prevén
la aplicación la Carta Democrática?

Para aplicar la Carta Democrática están previstas tres vías, como explicamos previamente:

a. Con el Artículo 17 se faculta a un Gobierno de un país miembro a solicitar ante el Secretario General o el Consejo Permanente su asistencia, si existiese algún riesgo a la democracia en su nación, o a su ejercicio en el poder.
b. Con el Artículo 18 surge una iniciativa del Secretario General o del Consejo Permanente, que con el consentimiento del Gobierno afectado realiza las gestiones diplomáticas.
c. Con el Artículo 20 se prevé que, en caso de una grave alteración de la democracia, el Secretario General o cualquier país miembro tienen la potestad de convocar un Consejo Permanente para evaluar la situación del país cuestionado.

3. ¿La Carta Democrática puede ser invocada
sin consentimiento del país afectado?

Sí. El único caso está dispuesto en el Artículo 20, donde dice que el Secretario General de la OEA o cualquier Estado miembro pueden invocarla si se ha producido una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático.

4. ¿Cuántos miembros tiene la OEA?

El Secretario de la OEA solicita aplicar la Carta Democrática a Venezuela. Y ahora; por José Ignacio Hernández 320X100Formalmente son 35 miembros. Cuba estuvo suspendida durante 47 años, hasta el 3 de junio de 2009, cuando Bolivia, Ecuador, Honduras, Nicaragua y Venezuela lograron un acuerdo entre cancilleres para su reincorporación, derogando la suspensión de la que fue objeto el 31 de enero de 1962, a pedido de Estados Unidos.

Sin embargo, en la práctica son 34 estados miembros los que tienen derecho al voto: Antigua y Barbuda, Argentina, Bahamas, Barbados, Belice,  Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Grenada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, San Kitts y Nevis, San Vicente y Las Granadinas, Santa Lucia, Surinam, Trinidad y Tobado, Uruguay, y Venezuela.

5. ¿Cómo es el proceso de votación?

Se necesitan 18 votos de los Estados miembros para convocar una reunión de cancilleres, a pedido de un país o, como en este caso, del Secretario General.

ARTICULO_almagro_argumentos_carta_democratica320Según el Artículo 89 de la Carta de la Organización de Estados Americanos, “el Consejo Permanente, en el ejercicio de estas funciones, adoptará sus decisiones por el voto afirmativo de los dos tercios de sus miembros, excluidas las Partes, salvo aquellas decisiones cuya aprobación por simple mayoría autorice el reglamento”. Ahora bien, según las Consideraciones para la Invocación de la Carta Democrática Interamericana, publicadas el 5 de mayo de 2016, bastarían con 18 votos para al activación de las gestiones diplomáticas previstas en la Carta.

Para aprobar el siguiente nivel de aplicación de la Carta Democrática Interamericana, prevista en el Artículo 21, se necesita el voto de dos tercios de los 35 miembros, a pesar de que Cuba no tenga derecho al voto. Esto conllevaría a realizar una Asamblea General Extraordinaria de los cancilleres de los países miembros, con el objetivo de determinar si existe la necesidad de aplicar la suspensión de Venezuela. Para esto se necesita el apoyo de 24 países.

6. ¿Es una votación jurídica?

No. El Consejo Permanente toma una decisión política, colectiva. De hecho, en otras oportunidades se han intentado aplicar medidas contra de Venezuela que no han prosperado. Para algunos analistas, el apoyo que ha conseguido la diplomacia venezolana se basa los países beneficiados de los acuerdos de Petrocaribe.

Luis De Lion,  abogado y especialista en Derecho y Política Internacional, explica que “el impacto es eminentemente político. No obstante, el principio y espíritu de la Carta es la reafirmación del bien jurídico tutelado (la Democracia) y la resolución a través de la cual se adopta es un proceso jurídico. En Derecho Internacional puede entenderse la resolución como un acuerdo y no como un tratado, cuyo principio fundamental es el pacta sunt servanda (“lo pactado obliga”). Y las resoluciones no son obligatorias. En consecuencia el impacto jurídico es limitado”.

7. ¿Con qué apoyo podría contar el gobierno de Venezuela?

Éstas son las 8 recomendaciones de Luis Almagro para solventar la crisis política en Venezuela 320La más reciente votación para dirimir una situación política con Venezuela, que se llevó a cabo el 31 de agosto de 2015  cuando la OEA convocó una reunión por la crisis fronteriza con Colombia, el país neogranadino no logró los 18 votos necesarios para convocar una reunión de cancilleres. En ese momento cuatro naciones apoyaron a Venezuela: Bolivia, Ecuador, Haití y Nicaragua. Hubo once que se abstuvieron: Antigua y Barbuda, Argentina, Brasil, Belice, Grenada, Panamá, República Dominicana, San Cristobal y Nieves, San Vicente y Granadinas, Surinam y Trinidad y Tobago. A Colombia la apoyaron 17: Costa Rica, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Guyana, Honduras, Jamaica, México, Paraguay, Perú, Santa Lucía, Uruguay, Bahamas, Barbados, Canadá, Chile y la misión de Colombia.

El mapa político en Latinoamérica ha cambiado un poco desde ese momento. El 10 de diciembre de 2015 el kirchnerismo perdió la presidencia en manos de Mauricio Macri, y el 12 de mayo de 2016 Dilma Rousseff fue suspendida temporalmente del cargo, dejando la administración en manos de Michel Temer. Desde 1999 Venezuela ha adquirido el apoyo tradicional de los 16 miembros de Petrocaribe: Antigua y Barbuda, Bahamas, Belice, Cuba, Dominica, El Salvador, Guatemala, Guyana, Granada, Haití, Honduras, Jamaica, Nicaragua, República Dominicana, San Vicente y Granadinas, y Surinam. Esos podrían considerarse el voto a favor del gobierno de Venezuela, junto con Bolivia y Ecuador.

Se puede prever que Argentina, Brasil, Canadá, Colombia, Costa Rica, El Salvador, México, Estados Unidos, Chile, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay.

En la mayoría de los análisis queda la incógnita de la posición que tomarían Honduras, y Guatemala.

8. ¿Qué pasaría después de la votación?

Según explica el abogado Mariano de Alba, acá mismo en Prodavinci:

“el primer escenario es que la mayoría de los países (18 ó 24 según la interpretación que prevalezca) decidan que no existe tal alteración o aun si determinan que existe, que la misma no es lo suficientemente grave. Ello implicaría que los mecanismos de la Carta Democrática no se activarían y adicionalmente, un reconocimiento tácito de la mayoría de los países de que en Venezuela sigue existiendo un gobierno democrático. Ese voto negativo no impediría que más adelante el Consejo Permanente vuelva a considerar la aplicación de la Carta. El segundo escenario es que la mayoría que finalmente corresponda vote afirmativamente a esas dos interrogantes y por ende pueda considerarse activada la Carta Democrática con relación a Venezuela”

Cuáles son los escenarios en relación con la Carta Democrática; por Mariano de Alba 320Varios análisis afirman que si dos tercios de los miembros de la OEA (es decir: 24 votos) determinan que en efecto hay una ruptura del orden democrático en Venezuela, se procede a excluir a la nación del sistema interamericano, limitando la capacidad de acción del gobierno. Sin embargo, en el mismo artículo citado, Mariano de Alba explica que:

“La consecuencia fundamental en el caso de que se active la Carta Democrática en Venezuela la explica muy claramente la misma Carta: la realización de las gestiones diplomáticas necesarias, incluidos los buenos oficios, para promover la normalización de la institucionalidad democrática. […] Lo más probable es que el Consejo Permanente designe una comisión de representantes de varios países miembros de la OEA para que inicien esas gestiones diplomáticas de consultas, presión y negociación para que se haga un esfuerzo por atender los distintos temas que han destruido la democracia en Venezuela. Esas gestiones diplomáticas significarían la promoción del diálogo en Venezuela, con miras a que se concreten una serie de hechos para poder recuperar la democracia”.

9. ¿Ya le han aplicado a Venezuela esta cláusula?

Sí. El 13 de abril de 2002, luego del Golpe de Estado contra Hugo Chávez y apenas a siete meses de haber sido instaurada la norma en el organismo hemisférico, se aplicó la Carta Democrática Interamericana. Sin embargo, la medida quedó sin efecto luego de que el gobernante regresó a su cargo.

10. ¿Qué viene ahora?

Aunque aún no se ha llevado a cabo el Consejo Permanente ni la votación para opinar sobre la situación interna de Venezuela, ya el Gobierno de Nicolás Maduro ha hecho algunas declaraciones repudiando lo que definen como intervencionismo de la OEA. Desde el punto de vista político y diplomático se espera un despliegue en busca de los votos necesarios, que ya pueden haberse adelantado con los recientes a Trinidad y Tobago y a Jamaica.

Algunos analistas consideran probable que el gobierno de Nicolás Maduro considere sacar a Venezuela del organismo. Sin embargo, esto no es tan sencillo. Existe un antecedente: cuando el presidente Hugo Chávez anunció que Venezuela se retiraría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ese proceso no pudo oficializarse sino tiempo después, el 10 de septiembre de 2013.

Para el análisis posterior, será imprescindible hacer un seguimiento de las reacciones de otros países no-miembros de la OEA ante la declaración del Consejo Permanente, así como a otros organismos multilaterales como el Mercosur, que también cuenta con  su propia cláusula democrática (el Protocolo de Ushuaia) y la ONU.