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Mariano Herrera, director del CICE, responde tres preguntas sobre la Resolución 058

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Mariano herrera, director del Centro de Investigaciones Culturales y Educativas [CICE]

Mariano Herrera, director del Centro de Investigaciones Culturales y Educativas [CICE]

1. ¿Qué es la Resolución 058 y cómo afecta la educación en Venezuela?

La Resolución 058 emana del Ministerio de Educación y regula el funcionamiento de la comunidad educativa. Fue promulgada el 16 de octubre de 2012 y es, como toda ley y reglamento oficial, de obligatorio cumplimiento. Pero no es nueva ni se está implantando en estos días. Ya está puesta en práctica en la mayoría de escuelas oficiales y colegios privados. Lo importante en una resolución sobre comunidades educativas es promover y reglamentar con claridad la participación de las familias en asuntos educativos. Al parecer, la 058 no le da prioridad a esa misión.

La resolución 058 cambia el nombre de Comunidad Educativa por “Consejo Educativo” y, entre otras cosas, crea 11 comités con funciones ejecutivas que terminan siendo un gran enredo burocrático. Uno de esos comités es el de padres y representantes. Se debilita la participación de padres y representantes en la toma de decisiones de la escuela, diluida en un mar de comités de alumnos, empleados, etcétera. Y, además, se  debilita tremendamente la función de directores y se diluyen sus responsabilidades profesionales en un enredo burocrático.

Otros comités parecen tener como objetivo abrir las puertas de las escuelas a colectivos diversos, externos a la escuela, y a sus actores principales.

La resolución es confusa, no están claros sus objetivos principales ni los de los 11 comités nuevos que se crean. Se establecen listados interminables de múltiples funciones cruzadas y comunes a varios comités a la vez. Supone un gran número de personas, incluyendo docentes y alumnos, dedicados a todo tipo de tareas dispersas, que desvirtúan y desvían la misión principal de la escuela: el aprendizaje y la enseñanza.

Quizás lo más grave y sorprendente es que contradice la concepción del Estado todopoderoso que se plantea en la tesis del Estado Docente, omnipresente en la Ley Orgánica de Educación aprobada en 2009. Funciones como la supervisión, el mantenimiento y la capacitación de docentes, entre otros, están ahora bajo la responsabilidad de los Consejos Educativos. Parece que el Estado Docente se quiere desentender de sus deberes y dejar esa tremenda responsabilidad en manos de los beneficiarios. Es decir: más deberes institucionales para quienes son sujetos de derechos y menos responsabilidades para las instituciones del Estado.

No puedo dejar de mencionar otro aspecto de la resolución que me parece que se debe resaltar: cómo se expresa el desprecio por la escuela como espacio educativo por excelencia. El artículo 5.5 dice explícitamente que la escuela es “uno de los centros del hacer comunitario y que la comunidad es el centro del quehacer educativo”, cuando debería ser al revés. Una vez más, el gobierno desprecia el valor educativo de la escuela y pretende que sea un centro de activismo social y político para adultos. Se olvida de que la escuela es para los niños. Desprecia lo pedagógico y lo sustituye por la agitación y, eventualmente, la propaganda.

2. ¿Cuáles son las consecuencias, a corto y a largo plazo, de esta acción?

La resolución encierra varios peligros. Uno de los más graves es que puede eventualmente promover  la entrada de organizaciones comunitarias. Es decir, podría introducir el activismo político y social en las escuelas y desviarlas de su misión educativa. Sin embargo, las escuelas institucionalmente sólidas pueden protegerse de este peligro, organizando los comités de manera equilibrada para evitar la injerencia partidista y clientelar. Esto se hace asegurando la participación de personas responsables y verdaderos dolientes de la educación de los alumnos y evitando que se cuelen agitadores o agentes perturbadores. Es el caso de la mayoría de los colegios  privados, que tienen la capacidad de estructurar los comités para apoyar la gestión escolar y la participación de las familias en los asuntos inherentes a la educación de sus hijos. Esto depende del liderazgo del director o de los equipos de dirección. Lamentablemente, la mayoría de las escuelas oficiales presentan severas debilidades institucionales. Los directores son interinos o encargados, mientras que los titulares o bien porque no gozan de autoridad real, ya sea porque carecen de liderazgo ante sus colegas, o porque el verdadero liderazgo está en otro funcionario dentro o fuera de la escuela (coordinadores, supervisores).

La delegación de competencias exclusivas del Estado afecta la misión principal de promover la igualdad de oportunidades y producir justicia social, al dejar en manos de las escuelas asuntos como el mantenimiento de la planta física, el Programa de Alimentación Escolar (PAE), la evaluación del desempeño del docente, entre otros, sin transferirle las funciones legales ni los recursos. Éstas son competencias exclusivas del Estado. Es como si en un hospital se dejara en manos de los pacientes las decisiones del departamento de cirugía infantil y sus costos. ¿Quién iría a un hospital donde quien decide las técnicas operatorias no son los médicos? Pues esa concepción se aplica para la educación. Directivos y docentes opinan al mismo nivel que alumnos, colectivos y familias acerca de asuntos institucionales y profesionales. Es una transferencia de competencias del Estado a quienes no tienen la capacidad de cumplir con ellas.

Entonces hay una paradoja, una contradicción: por una parte se abre la puerta a comités externos a la escuela para que tengan injerencia en lo que no deben y, por otro lado, se le atribuye a actores escolares (familias, docentes, empleados) responsabilidades que corresponden a instancias oficiales del Estado.

3. ¿Esta situación en torno a la Resolución 058 implica el adoctrinamiento? ¿Por qué?

La Resolución 058 no implica necesariamente el adoctrinamiento. Sí puede implicar injerencia partidista y activismo político en las escuelas. Y distrae a la escuela de su función educadora. La doctrina que se impone no es educativa. Es una doctrina más bien de desinstitucionalización, una política de destrucción y desvalorización de la institución escolar y de la profesión docente.

El adoctrinamiento es un asunto pedagógico que sucede dentro del aula de clases. Su implantación está más bien en algunos de los libros de texto de la Colección Bolivariana que han sido distribuidos gratuitamente a todos los alumnos de las escuelas oficiales venezolanas y a muchos de los colegios privados. Esa colección viene acompañada de una Constitución Ilustrada, cuyos dibujos son un verdadero catecismo chavista en los que aparece Hugo Chávez como prócer y como profeta al lado de Simón Bolívar y en calidad de mesías enviado por las autoridades celestiales. Es a través de estos contenidos en los libros y de otras actividades que les imponen a las escuelas, relacionadas con efemérides en las que los alumnos deben hacer ilustraciones en alabanza al “Comandante Supremo” que se transmite la doctrina chavista. Es un atentado a la Constitución y a la Ley Orgánica de Educación (aprobada en agosto de 2009) que se supone que garantizan la pluralidad ideológica y política, el laicismo religioso y prohíben el proselitismo y la propaganda política en las escuelas.

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