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Venezuela sale de la CIDH: ¿y ahora?, por José Ignacio Hernández

Por José Ignacio Hernández G. | 10 de septiembre, 2013

CD

Desde muchos puntos de vista, Venezuela es un país de contradicciones. La Constitución de 1999 repite una y otra vez que la protección de los derechos humanos es uno de los objetivos más relevantes del Estado, así que reconoce la vigencia y relevancia de los Tratados de Derechos Humanos suscritos por Venezuela, mencionando incluso, y de manera expresa, a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Por si fuera poco, estos Tratados fueron revestidos con uno de esos nombres que tanto nos gusta a los profesores de Derecho Público: “supraconstitucionalidad”. No se trata de un trabalenguas, sino de una palabra que pretende describir que esos Tratados, y en especial la Convención, están por encima incluso de la propia Constitución.

Sin embargo, a partir de hoy, 10 de septiembre de 2013, Venezuela dejará de formar parte de la Convención, vista la denuncia formulada por el Ejecutivo Nacional hace justo un año. Con todo y su “supraconstitucionalidad”, la Convención ha dejado de regir en nuestro país. Es decir, que el  Ejecutivo Nacional adoptó una decisión desincorporar la Convención de nuestro ordenamiento que no podía haberse adoptado ni siquiera mediante reforma constitucional.

¿Qué es la Convención Americana sobre Derechos Humanos? Básicamente, la Convención es un tratado que reconoce derechos humanos que son universales. Es el caso, entre otros, de la vida, la seguridad y la libertad de expresión. La protección de los derechos humanos se alcanza a través de un sistema de protección internacional, en el cual participan básicamente dos organismos: la Comisión, que investiga las denuncias de violaciones a los derechos humanos que son imputadas a los Estados partes, y la Corte, que determina cuándo los Estados han violado los derechos humanos. Así que la Convención permite juzgar a los Estados que han violado derechos humanos.

¿En qué consiste la “salida” de Venezuela de la Convención? Técnicamente, Venezuela denunció la Convención. La “denuncia” es, en este ámbito, la decisión por la cual un Estado decide que ya no aplicará más un Tratado.

Eso fue, exactamente, lo que hizo Venezuela, según la comunicación que fue formalizada en la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos el 10 de septiembre del pasado año. Las razones de la denuncia son, cuando menos, curiosas: la Corte se señala “no puede pretender excluir, desconocer, ni sustituir el ordenamiento constitucional de los Estados parte”. Además, al denunciar la Convención, el Estado venezolano señaló que en distintas ocasiones la Comisión y la Corte han actuando indebidamente.

Estas razones no son sostenibles. De este modo, que la Corte pueda “sustituir” al ordenamiento venezolano es, precisamente, la conclusión enfáticamente reiterada en la Constitución. Y en cuanto a que la Corte y la Comisión han actuado indebidamente, basta señalar que con esa afirmación el Estado venezolano pretende juzgar a la Corte, cuando lo cierto es que es la Corte quien puede juzgar al Estado venezolano.

¿Y qué va a pasar después del 10 de septiembre de 2013? De acuerdo con las reglas aplicables, la denuncia formalizada por Venezuela será efectiva un año después, el 10 de enero de 2013. Hoy dejamos de formar parte de la Convención y, por lo tanto, las violaciones a los derechos humanos que se cometan luego de esa fecha no podrán ser valoradas bajo la Convención. No sucede así con las violaciones a derechos humanos realizadas antes del 10 de septiembre, respecto de las cuales la Comisión y la Corte sí mantendrán todas sus competencias.

¿Cómo afecta a los venezolanos que Venezuela ya no sea parte de la Convención? El lector podrá pensar que todo esto de la “salida” de Venezuela de la Convención es algo poco importante, comparado con los problemas más urgentes que hay que entender. La realidad, sin embargo, es que el retiro de Venezuela de la Convención nos afecta mucho más de lo que podemos imaginar. Implica un retroceso histórico importante, pues los derechos humanos ya no estarán por encima del Estado venezolano. Por el contrario, el Estado venezolano será quien esté por encima de los derechos humanos, decidiendo en cada caso cuándo esos derechos han sido o no violados. El retiro de la Convención implica un Gobierno menos limitado y, por ello, un Gobierno más propenso al abuso del poder y a la corrupción.

El retiro de la Convención implica, además, una menor protección a los derechos humanos y, por ello, una democracia más débil. Pues la democracia sólo puede realizarse a través de los derechos humanos, cuya protección ha quedado severamente disminuida.

La denuncia a la Convención y la elección del 14-A. Como la denuncia de la Convención no puede afectar la competencia de la Corte por violaciones anteriores al 10 de septiembre de 2013, tanto esa Corte como la Comisión podrán conocer de las violaciones a la Convención relacionadas con la elección del 14-A. De hecho, medios de comunicación han señalado que ya Henrique Capriles habría presentado el caso ante la Comisión. La Comisión tendrá plena competencia para conocer de la denuncia y, por ende, la Corte podrá dictar una sentencia en la cual declare si las actuaciones relacionadas con esa elección violaron la Convención. Una sentencia que será vinculante para el Estado venezolano.

Un acertijo final. Termino con un acertijo. ¿En qué se parecen, a partir de hoy, Venezuela, Estados Unidos y Cuba? Ninguno de los tres países es parte de la Convención.

José Ignacio Hernández G.  José Ignacio Hernández es abogado venezolano, Doctor en Derecho de la Universidad Complutense de Madrid y Profesor de la UCV y UCAB. Puedes seguirlo en Twitter en @ignandez

Comentarios (5)

Román Romano
10 de septiembre, 2013

Ahora sí Venezuela, o mejor dicho, sus conciudadanos están solos a la merced de un régimen despótico que rige sus destino desde hace más de trece años y al parecer sin que a alguien les importe. La única esperanza que quedas es que aquellos dictadores que antes hicieron lo mismo, pronto se vieron alejados del poder por los votos o por la fuerza de las armas de la república y, las dos sin separarse del las leyes constitucional y así esperamos que también suceda en la patria de Bolívar.

Manuel
10 de septiembre, 2013

El Sitema Interamericano ha sido, tradicionalmente, el único aliado de minorías como los pueblos indigenas, y de víctimas de masacres, torturas, desapariciones, entre otros.. Sin embargo, al ciudadano común, a “Juan Bimba”, las implicaciones de esta medida no terminan de llegarle, pese a que es el primero en sufrir las violaciones a sus DDHH. En este punto, el colectivo de DDHH en Venezuela, ha debido hacer énfasis en la afectación concreta a Pablo Pueblo, de un modo más permanente, incisivo y eficaz; de lo contrario, el tema queda en la abstracción jurídica y epistemológica, que nada le dice al venezolano de a pie..

Juan F Misle
11 de septiembre, 2013

Queda claro entonces que cualquier denuncia de violación de los derechos humanos que ocurra después del 10 Septiembre 2013 no podrá ser cursada ante la CIDH. Pregunta para el Doctor Hernández: podemos recurrir a las Naciones Unidas a esos efectos dado que Venezuela forma parte de ese organismo? De ser positiva la respuesta, existe algúna diferencia en términos de plazos, procedimientos, etc, respecto a lo estipulado en la Convención Interamericana?. Ventaja, desventaja?

omar rojas
11 de septiembre, 2013

Por qué no argumenta, Sr. José Ignacio Hernández, a cerca de que Estados Unidos, no forma parte de la Convención, se lo agradecería.

Erasmo
14 de diciembre, 2013

Esta medida dejaría abierta la posibilidad de una reforma del código orgánico procesal penal, y el código penal venezolano donde se plantee la pena de muerte? Tal como ocurre en Estados Unidos?

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