Perspectivas

Los cómos, los cuándos y los peros del cambio de régimen; por Emiliana Duarte

Por Emiliana Duarte | 24 de febrero, 2016

Los cómos, los cuándos y los peros del cambio de régimen; por Emiliana Duarte 640

En medio del caos vivido en Caracas, con fallas eléctricas que afectaron media ciudad y disturbios en Petare, han estado goteando tanto buenas noticias como rumores de pasillo que vienen desde la Mesa de la Unidad.

Contrario a lo que decía un artículo de TalCual de la semana pasada, las diversas facciones de la MUD se han estado reuniendo para llegar a un acuerdo sobre el mecanismo constitucional que se usará para cambiar de régimen en 2016. Hay dos grandes encerronas generales de la MUD: una pautada para hoy miércoles y otra para el sábado de esta semana. Así que podríamos esperar un anuncio importante desde la MUD entre el domingo y el lunes.

El apoyo popular a cualquier propuesta que busque el fin del período de Nicolás Maduro y el establecimiento de un nuevo gobierno parece estar asegurado. Prueba de ello es la cantidad de gente que ha asistido a los eventos en apoyo a Leopoldo López y la liberación de los presos políticos, pidiendo la renuncia de Maduro. De igual forma, el tour nacional de Henrique Capriles para llamar a un Referendo Revocatorio ha estado convocando multitudes.

Sin embargo, debe haber un plan al cual todos los líderes políticos puedan adherirse y alrededor del cual canalizar con eficiencia la acción colectiva. Y debe ser genuinamente desinteresado y estar libre del más mínimo indicio de una agenda personal, porque ya vendrá luego el tiempo legítimo para las candidaturas. Así fue como se ganó el 6-D.

El reto para MUD no es sencillo. Y tiene que ver más con la estructuración total y detallada de un plan viable de acción que con negociaciones políticas internas: un plan que toque todos los temas claves (cambio de gobierno, amnistía para los prisioneros políticos, garantía de gobernabilidad) mientras se anticipa a todos los obstáculos y fija un plazo adecuado. Recordemos que las elecciones de gobernadores están programadas para diciembre, pero sobre todo que tenemos una sola oportunidad para que esto salga bien.

A continuación enumeramos los medios constitucionales para lograr el cambio de gobierno que están siendo actualmente discutidos. El orden en que son presentados no tiene otra intención que intentar exponerlos todos y bien.

Referendo revocatorio

El Artículo 72 de la Constitución de Venezuela dice que cualquier oficial electo por el voto popular puede ser revocado de su cargo luego de que haya transcurrido la mitad de su mandato a través de un referendo.

Primero, el Consejo Nacional Electoral debe organizar un operativo de recolección de firmas, en el cual se deben recolectar las firmas de al menos 20% de los electores inscritos (unos 3,9 millones de los 19,5 millones de votantes registrados en Venezuela). Si estas firmas son validadas por el CNE, se activaría un referendo nacional en el cual deben participar al menos el 25% de los electores (unos 4,8 millones de electores).

Para revocar el mandato de Maduro, se deben cumplir dos condiciones: la primera es que el “Sí” debe conseguir más votos que el “No” y la segunda es que el “Sí” debe superar el número de votos con el cual Maduro fue electo originalmente: 7.587.579. Y esta segunda condición es la que pone a alguna gente nerviosa.

En las elecciones presidenciales de 2013, Henrique Capriles Radonski obtuvo 7.363.980 votos. En las elecciones del pasado 6-D la oposición logró un cuarto de millón de votos por encima de los que Nicolás Maduro obtuvo en 2013. Con estos números, parece una salida factible, aunque evidentemente no es un tiro al suelo.

Existen algunos problemas tácticos: por ejemplo, el asunto del timing. La ley establece que si el mandato del Presidente es revocado antes de que se cumplan cuatro de los seis años de su período se debe convocar a elecciones en menos de un mes; pero si se pasa del cuarto año, entonces es el Vicepresidente quien pasa a ocupar el cargo (quien para ese entonces podría ser Aristóbulo Istúriz… o no) y finaliza su período.

Al parecer existe una discusión técnica sobre cuándo comenzó el período de gobierno de Maduro, ya que algunos afirman que comenzó el 10 de enero de 2013 (cuando un Chávez agonizante lo juramentó desde Cuba), mientras que otros consideran que la fecha es el 19 de abril de 2013, pues es el día en que se juramentó en su cargo luego de ser electo.

Así que o bien ya podemos convocar un revocatorio o debemos esperar hasta el 19 de abril. Y nuestro límite para cambiar de gobierno a través de un revocatorio es o el 10 de enero de 2017 o el 19 de abril del próximo año.

En todo caso, el Tribunal Supremo de Justicia o el CNE decidirán cuándo se podría considerar que el mandato de Maduro ha llegado a la mitad y cuándo el referendo iniciaría un nuevo proceso electoral. Esto implica que la opción del referendo le deja a las instituciones controladas por los chavistas una medida de control que podrían usar para desplegar todo tipo de tácticas de retraso y así agotar el reloj de la oposición y garantizar una transición dirigida por el chavismo.

Otra polémica involucra la validación de las firmas que sean recogidas. Cuando se invocó la opción del referendo en 2003, el Consejo Nacional Electoral hizo todo cuanto pudo para comprarle tiempo a Hugo Chávez, cuya popularidad en ese entonces se encontraba en su punto más bajo desde que fue electo, y así permitirle repuntar en las encuestas. Para este efecto, luego de muchas pataletas, el CNE creó el fulano “período de reparo”, un lapso durante el cual un ciudadano que hubiese firmado a favor del referendo pudiese retirar su firma en caso de que hubiese sido falsificada.

Como no existe una legislación que regule apropiadamente los referendos revocatorios, en 2007 el CNE publicó una serie de medidas de carácter (supuestamente) temporal que establecían, entre otras complicaciones, que la recolección de firmas debe realizarse con la ayuda de captahuellas. Así que hay que considerar que, a menos que la Asamblea Nacional apruebe una ley que regule los procedimientos de los referendos, aquella norma del CNE seguiría vigente. Y eso es bueno y malo a la vez: si bien los escáneres biométricos podrían disuadir a algunos empleados públicos de firmar por temor a retaliaciones, también inutilizan todo el proceso de reparo, pues las máquinas captahuellas sirven precisamente para evitar falsificaciones.

Cada uno de estos factores que se enumeran sirven para decir que el CNE tiene una enorme artillería burocrática y muchas zonas grises de legalidad desde donde puede contener este proceso mientras llega el momento de Aristóbulo. Pero, dicho esto, el hecho de que un referendo revocatorio haya sido convocado en 2004 es un gran punto a favor: además de sentar un precedente de cómo el CNE debe manejar las cosas esta vez, también permanece como referencia en las mentes de quienes ya lo experimentaron. Y si a esto le sumamos una ley promulgada por la Asamblea Nacional que regule los referendos habría un instrumento útil para tener holgura de tiempo y superar los otros obstáculos que pueda asomar el CNE, un punto definitivo a favor de esta opción.

Hasta ahora, esta opción del Referendo Revocatorio ha sido fuertemente apoyada por Henrique Capriles Radonski y (luego de una demora que levantó más de una ceja) por su partido Primero Justicia.

Enmienda Constitucional

Se ha hablado de una enmienda constitucional para acortar el período presidencial y establecer nuevos límites al mandato presidencial.

El Artículo 341 de la Constitución permite que el documento sea enmendado a través de un referendo nacional, una vez la Asamblea Nacional realice una petición formal al CNE con un voto de mayoría simple. Luego de que la petición sea formalmente recibida, el CNE debe someter la moción para enmendar la Constitución a consideración del voto popular en menos de 30 días.

El objetivo de esta opción, tal como fue anunciado por Andrés Velásquez, dirigente de la Causa R, y luego por el Presidente de la Asamblea, Henry Ramos Allup, sería acortar el período presidencial (incluyendo el de Maduro) de los actuales seis años a los cuatro que han sido propuestos. También se eliminaría la posibilidad de reelección indefinida, algo que fue añadido a la Constitución luego de un referendo convocado por Hugo Chávez en 2009. Además, esta enmienda podría acortar los períodos de los legisladores de la Asamblea Nacional y de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.

Ramos Allup afirmó que las ventajas de esta opción yacen en su simplicidad, ya que la activación únicamente requiere del voto de una mayoría simple de un Parlamento que es cómodamente controlado por la oposición. Sin embargo, el talón de Aquiles de esta propuesta, según algunos académicos legales, es la alta probabilidad de que el TSJ decida que los cambios propuestos deban ser considerados una reforma constitucional, en lugar de una enmienda. Y en ese caso se requeriría el voto de dos tercios de la Asamblea Nacional, que según el TSJ la oposición ya no posee luego de la desincorporación de los diputados del estado Amazonas.

También podrían responder que ninguna enmienda puede aplicarse de forma retroactiva al período presidencial que transcurre, de modo que los cambios cobrarían vigencia en 2019. Sin embargo, es necesario recordar que existe un precedente establecido por nada más y nada menos que Hugo Chávez Frías, quien en 2009 aprobó a través de un referendo la reelección indefinida para su cargo mientras lo ejercía plenamente.

En los últimos días esta opción de la enmienda ha ganado terreno político. Como ya dijimos, Henry Ramos Allup y su partido Acción Democrática la han respaldado públicamente, así como La Causa R y Copei. Henrique Capriles, por su parte, propone que la MUD impulse tanto el Referendo Revocatorio como esta estrategia en paralelo.

Asamblea Constituyente

Ya en 2014, el partido de Leopoldo López, Voluntad Popular, lanzó toda su maquinaria comunicacional en apoyo a la convocatoria de una Asamblea Constituyente. El Artículo 347 de la Constitución dice que el pueblo venezolano puede invocar una “transformación del Estado” a través de esta herramienta para derogar todo el sistema institucional vigente y crear un nuevo marco legal.

Es necesario decir que existe jurisprudencia establecida en Venezuela que afirma que la Asamblea Constituyente tiene autoridad por encima de la Constitución. Es decir, sus decisiones no pueden ser cuestionadas por ningún cuerpo legal estructurado, ya que su papel es precisamente reestructurar dichos cuerpos.

Es posible impulsar este proceso desde distintas vías: el voto de dos terceras partes de la Asamblea Nacional, las firmas del 15% de los electores registrados, las dos terceras partes de los consejos municipales del país o una petición realizada por el propio Presidente de la República, luego de lo cual se le consultaría a todos los venezolanos mediante referendo si desean o no que se disuelva la Constitución existente y se comience una nueva desde cero. Los pasos siguientes incluyen celebrar elecciones para escoger una Asamblea Nacional Constituyente y, cuando se haya redactado la nueva Constitución, una nueva elección para aprobarla. Muchos pasos, muchas elecciones y una nueva Constitución para cambiar de gobierno.

Voluntad Popular no ha mencionado la Asamblea Constituyente durante este año. Y si bien una Constituyente sería la opción nuclear de la MUD, no se habla mucho de ella en el ámbito nacional. Quizás porque en Voluntad Popular han estado enfocados en promover la Ley de Amnistía, en defensa de los prisioneros políticos, entre ellos su líder Leopoldo López. Un Nuevo Tiempo y Acción Democráctica han respaldado la iniciativa legislativa, a pesar de las amenazas de Nicolás Maduro de que nunca aprobará la ley (algo ilegal en sí mismo, ya que la Asamblea Nacional puede anular el veto presidencial con un voto de mayoría simple).

Renuncia del Presidente

El Artículo 233 plantea lo que quizás sea el más directo de los mecanismos planteados en la Constitución: si Nicolás Maduro simplemente renuncia antes de su cuarto año de mandato, se crea una ausencia absoluta en la Presidencia y se deben celebrar nuevas elecciones en menos de treinta días. Muchos dicen que nunca renunciaría, pero siempre existe la posibilidad política de que los jefes del resto de las facciones dentro del chavismo decidan que estarían mejor sin él, algo que volvería posible lo imposible. Cabe destacar que esta opción implica un inevitable ejercicio de la Presidencia de Aristóbulo Istúriz durante treinta días.

Abandono del Cargo

En unos de sus varias elucubraciones, Henry Ramos Allup anunció que, según el Artículo 233, la Asamblea Nacional puede declarar, con una mayoría simple, que el Presidente ha abandonado su cargo, lo que significaría de nuevo una ausencia absoluta y elecciones en 30 días. Pero aquí estamos en el terreno de la ficción política: en el mundo real, las vainas no ocurren así por así.

¿Cuáles son los riesgos de estas opciones?

Hay varios obstáculos transversales que se contraponen. Por ejemplo: está el asunto del presupuesto del Consejo Nacional Electoral. La Asamblea Nacional saliente asignó el año pasado apenas 13 millones de bolívares para procesos electorales. Según el periodista Eugenio Martínez, el costo estimado de las elecciones de gobernadores, pautadas para diciembre de 2016, rondaría los 900 millones de bolívares, casi 70 veces el monto asignado por aquella Asamblea con mayoría del PSUV. Así que hay altas probabilidades de que el CNE juegue la carta del pelabolismo y así retrasar un referendo nacional.

Según algunas fuentes, mientras la oposición en Caracas está enceguecida por discusiones de mecanismos para el cambio de gobierno, los activistas de los partidos en el resto del país están ocupados preparándose para las elecciones regionales. Y Caracas se siente lejos para muchas de estas personas: ganar la gobernación de un estado es lo más cercano que estarán de tener verdadero poder, independientemente de quién mande en Miraflores.

Es fácil desdeñar esto, pero cuando llegue el momento de movilizar al electorado nacional para un cambio de régimen será un problema tener a los dirigentes regionales ocupados en otros asuntos. Especialmente en el escenario de un referendo revocatorio, donde el margen importa: no se pueden obtener 7,6 millones de votos nada más en Chacao, Lechería, el norte de Valencia y Maracaibo.

Y eso me permite llegar al punto que considero más importante en esta discusión: ¿cuáles son los incentivos políticos apropiados para movilizar a las bases cuando lleguen las elecciones? Porque los esfuerzos para llamar al voto y estrategias efectivas de campaña son importantes, pero la clave del éxito está en lograr que una base de líderes políticos bien estructurada defienda cada uno de los votos en los centros de votación.

Si el incentivo será la repartición del botín de la victoria, como cuando antes del 6-D los 87 circuitos electorales y los liderazgos de los partidos a nivel local eran parte del botín, la gente se moverá mucho y bien. Pero si hay que desplegar una campaña nacional de oposición en defensa de la opción del Sí, esa clase de incentivos concretos son mucho más difusos y es necesario pensar en alternativas de motivación. Y sea cual sea el plan de acción de la MUD para el 2016, hay que tomar esto en cuenta. En especial si hay una posibilidad real de que tengamos que elegir entre un referendo o unas elecciones de gobernadores, sin poder quedarnos con ambas.

Así que, estando en esto, señores de la MUD: los felicito. Quedamos atentos al llamado, una vez que lleguen a un consenso amplio. De hecho, a lo mejor esperamos que terminen nadando en consenso, que se derramen grandes cucharones viscosos de consenso entre sí, suficientes para frotarlo en todo el cuerpo. Tanto consenso que no sepan qué hacer con él. Consenso brotando a cántaros por todos lados. Una vendimia de consenso. Ustedes me entienden.

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Este texto es una versión de la autora del texto publicado en inglés en Caracas Chronicles

Emiliana Duarte 

Comentarios (1)

Franklin Barinas
27 de febrero, 2016

Excelente artículo. Pero a mi entender faltó algo, paso a relatarlo. En el referendo revocatorio del 2004, a favor de la destitución del presidente se escrutaron 3.989.008 votos SI, y eran necesarios 3.757.773, como se ve, la cifra tope fue superada por 231.235 votos, lo cual implicaba que el presidente fuera revocado. Ahora bien, al final el CNE dijo que había que sacar más votos que la ópción NO, que sacó 5.800.629 votos, violando lo expresado en el Art. 72 de la constitución. Ese es un aspecto que quedó como referencia y que podrían volver a aplicar. Le agradecería me corrigiera si estoy incurriendo en un error. Saludos cordiales.

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