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Libertad o Constituyente: juramento a la fuerza; por Jesús Alejandro Loreto

Fotografía de EFE

Fotografía de EFE

Los venezolanos no pudimos expresar desacuerdo al cambio de nuestra Constitución, pues desde que el presidente Nicolás Maduro propuso una Asamblea Nacional Constituyente (ANC) en mayo de 2017, ha sido materialmente imposible oponerse a tal propuesta mediante el sufragio. Recordemos que no hubo nunca un referéndum para preguntarle al pueblo si deseaba convocar una Constituyente; sólo se pudo escoger a los miembros de la ANC, pero no fue posible votar contra la ANC.

El deseo del presidente Maduro de que se instalara en Venezuela una ANC no ha sido suficiente, porque desde entonces el reconocimiento de esa ANC es una condición sine qua non para el ejercicio de los derechos políticos. Para muestra, un botón; el gobernador electo del estado Zulia no ha podido tomar posesión del cargo para el cual resultó electo el 15 de octubre, ya que no accedió a juramentarse ante la ANC. Juan Pablo Guanipa, como muchos otros venezolanos, no reconoce a la ANC, sencillamente porque el pueblo no la convocó y por ello ha “dicho y ratificado, el Zulia no se subordinará a una ANC fraudulenta. La voluntad de los zulianos se respeta”.

El Zulia vs. la ANC

Al margen de la discusión sobre la legitimidad de la ANC, lo relevante es que su reconocimiento se ha erigido como un requisito indispensable para participar en los asuntos públicos de la Nación. Dicho de manera sencilla, la voluntad de la mayoría de los ciudadanos está subordinada a reconocer la autoridad de la ANC, órgano convocado por un sólo hombre y al que ningún venezolano tuvo la oportunidad de rechazar.

En contraste con esto, la Constitución de 1999 establece que la ciudadanía tiene el derecho a participar libremente en los asuntos públicos, directamente o a través de los representantes electos para ello. Paradójicamente la condición de gobernador de Juan Pablo Guanipa, que es la expresión de la mayoría de los zulianos, ha quedado sometida a la voluntad de un sólo hombre; la de Nicolás Maduro, pues fue él —unilateralmente— quien convocó a la ANC. Es decir, para gobernar en Venezuela hay que reconocer la voluntad del presidente Maduro, por encima de la voluntad popular; por ello el Consejo Legislativo del estado Zulia ha declarado vacante el cargo de gobernador, ya que el candidato electo por los zulianos desconoce la ANC. Lo diré claramente, ANC o nada.

ANC, todopoderosa

Ante la actitud de Juan Pablo Guanipa, la ANC ha convocado nuevas elecciones en el Zulia, dejando claro que la voluntad de pueblo tiene valor si y solo si se reconoce a la ANC y uno se subordina a ella. El pretexto tras la exigencia de reconocer a la ANC para el ejercicio pleno de los derechos políticos parte de una interpretación absolutamente errada del artículo 349 de la Constitución Nacional, según el cual los poderes constituidos no podrán impedir de forma alguna las decisiones de la ANC. Como he escrito ya en Prodavinci, esta frase no significa que la ANC pueda hacer lo que le venga en gana, sino que las decisiones que tome la ANC, respecto de la Constitución que le tocaría redactar, no están sometidas al control de los poderes constituidos.

Si fuere cierto ese argumento respecto de los derechos políticos y la ANC pudiera imponer restricciones o condiciones de facto, como se la han puesto al derecho al sufragio, también podría serlo en relación a los derechos civiles como el libre tránsito, el de reunión, privacidad o petición. Imagine por un instante que para viajar por el territorio nacional o para dirigir una solicitud a un ente público usted deba reconocer a la ANC. Espero que estos ejemplos le permitan comprender fácilmente lo que implica reconocer la legitimidad de la ANC como condición para tomar posesión de un cargo de elección popular.

ANC y nada más

Es probable que me haya equivocado, pero por mas que me esforcé no pude conseguir una norma que estableciera la obligación de juramentarse ante la ANC como requisito para tomar posesión de un cargo de elección popular. Tampoco encontré una disposición legal que establezca como condición, para ejercer cualquier derecho, reconocer la legitimidad de la ANC o subordinarse a su autoridad.

No obstante, revisando la legislación venezolana me topé con una norma prevista en el Código Penal que castiga con prisión a todo aquel que sin derecho forzare a alguien a ejecutar un acto a que la ley no la obliga o le impida ejecutar alguno que no le está prohibido.

E pur si muove

Y sin embargo, se mueve” fue lo que supuestamente susurró Galileo Galilei al culminar la lectura que los inquisidores de la iglesia católica le obligaron a dar en 1633 para reconocer públicamente una mentira científicamente comprobada, según la cual el Sol gira alrededor de la Tierra y no la Tierra alrededor del Sol. Un amigo me habló de esta anécdota a propósito de la obligación de subordinarnos a la ANC y ahora la uso para ilustrar la conclusión de este artículo. Si usted como yo teme que llegue un punto en el que su condición de ciudadano dependa del reconocimiento de la ANC, le invito a hacerlo dignamente y diga sin titubeos: Reconozco a la Asamblea Nacional Constituyente ya que la Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella, o mejor dicho, e pur si muove.

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