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¿El Convenio Cambiario Nº 30 es una nueva devaluación del bolívar?; por Anabella Abadi y Richard Obuchi

El FONDEN y las implicaciones del Convenio Cambiario Nº 30; por Anabella Abadi y Richard Obuchi 640

El pasado 24 de septiembre de 2014 se publicó el Convenio Cambiario Nº 30 (G.O. N° 40.504), estableciendo que el aporte de PDVSA al Fonden podría ser cambiado a cualquiera de los tipos de cambios oficiales. Esta modificación en la regulación puede tener un impacto sustantivo en los ingresos fiscales de la Nación y, además, elevar potencialmente el tipo de cambio promedio oficial. Sin embargo, dependiendo de cómo se efectúen estas operaciones en la práctica, existe el riesgo de que el Banco Central de Venezuela incurra en un déficit patrimonial al realizar las operaciones de cambio. Veamos por qué:

0. Fonden: algunas generalidades. El Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden), creado el 30 de agosto de 2005 (G.O. N° 38.261), es el más importante y conocido de los “fondos parafiscales” —o extrapresupuestarios— del Gobierno Central. La característica fundamental de estos fondos es que no se rigen por la Ley de PresupuestoNacional, lo cual otorga al Ejecutivo Nacional un alto poder discrecional para la asignación de estos recursos, teniendo al mismo tiempo pocas obligaciones de divulgación de información en cuanto a los gastos realizados mediante dichos mecanismos.

Los recursos de Fonden provienen de un aporte que realiza PDVSA calculado con base en los ingresos petrolero al momento que se supera un umbral de precios de venta del crudo venezolano. Este parámetro ha sido modificado en diversas oportunidades desde la creación del fondo en 2005.

Según la norma vigente, publicada en la G.O. N° 40.114 del 20 de febrero de 2013,el aporte de PDVSA al Fonden se realiza cuando el barril petrolero registre “precios extraordinarios” o “exorbitantes”. Si el precio del barril está por encima de lo establecido en la Ley de Presupuesto y hasta US$ 80 por barril (“precio extraordinario”), Fonden recibe 20% de cada dólar adicional a lo presupuestado. Pero si el precio está por encima de los US$ 80 por barril (“precios exorbitante”), las alícuotas de contribución especial seguirían los siguientes parámetros: 80% si el precio se ubicaba entre US$ 80 y 100 por barril; 90% si el precio se ubicaba entre US$ 100 y 110 por barril; y 95% si el precio superaba los US$ 110 por barril.

Es poco lo que se sabe sobre las erogaciones del Fonden, pues su manejo es altamente discrecional. Como ya hemos dicho, no se rige por las reglas de gasto del Presupuesto Nacional y no hay publicación periódica de sus gastos. Según cifras de PDVSA, el Fonden permitió al Ejecutivo Nacional manejar cerca de US$ 70.177 mil millones entre 2005 y 2013. Sin embargo, según las cifras dadas por el ex Ministro de Planificación y Finanzas, Jorge Giordani (durante la presentación de la Ley de Presupuesto Nacional 2013 el 23 de octubre de 2012), el Fonden había recibido US$ 99.584,36 millones desde su creación en 2005 y hasta el 7 de septiembre de 2012.

La reforma parcial de la Ley de Contribución Especial por Precios Extraordinarios y Precios Exorbitantes en el Mercado Internacional de Hidrocarburos  (G.O. N° 39.871, 27 de febrero de 2012) estableció que si el Fonden requiriera que las contribuciones fuesen en bolívares, PDVSA vendería al BCV las divisas correspondientes y el BCV transferiría al Fonden 50% en divisas (“salvo que el nivel de reservas internacionales permita transferir un monto mayor”) y PDVSA el restante 50% en bolívares fuertes. Este procedimiento difiere de cómo se realizaba antes de marzo de 2012 en dos aspectos: primero, PDVSA transfería 100% del aporte al Fonden directamente (y ahora lo hace con intermediación del BCV); segundo, el aporte era pagado 100% en divisas (ahora Fonden recibe la mitad en divisas y la mitad en bolívares).

1. ¿Qué establece el Convenio Cambiario N° 30? El Convenio Cambiario N° 30, establece que  la venta de divisas por parte de PDVSA al BCV “a los fines de la entrega en bolívares al Fondo de Desarrollo Nacional (FONDEN) de las contribuciones especiales (…) se hará a cualesquiera de los tipos de cambio oficiales a que se contraen los Convenios Cambiarios vigentes”. Es decir, la venta se podría hacer a la tasas Cencoex, Sicad I o Sicad II.

Es clave indicar que el Convenio Cambiario Nº 30 se restringe a las divisas correspondientes al aporte Fonden. El resto de los ingresos de PDVSA correspondientes a venta de hidrocarburos se seguirían cambiando al tipo de cambio de 6,30 US$/Bs.

2. ¿El Convenio Cambiario N° 30 implica una devaluación? El Convenio Cambiario N° 30 se refiere a la compra de divisas del BCV a PDVSA, pero no dice nada acerca del tipo de cambio al cual el BCV eventualmente vende sus divisas, lo cual por supuesto puede ocurrir a cualquiera de los tipos de cambio oficiales.

Es importante distinguir entre dos tipos de cambio: el pagado por BCV a PDVSA para comprar las divisas provenientes de la exportación y venta de hidrocarburos y los aportes a Fonden (tipo de cambio de compra) y el cobrado por BCV al momento de vender las divisas (tipo de cambio de venta). Con la aprobación del Convenio Cambiario N° 30, ambos podrían verse modificados de manera desigual.

Hasta el momento en que se aprobó el Convenio Cambiario N° 30, el tipo de cambio de compra del BCV de las divisas que adquiría a PDVSA era de 6,3 BsF/US$, pero el tipo de cambio de venta era superior ya que no todas las divisas se liquidaban a la tasa Cencoex.

Para entender la discrepancia entre el tipo de cambio de compra y venta que usa el BCV, vale recordar algunos cambios en el régimen cambiario en los últimos meses. El 28 de octubre de 2013, el para entonces vicepresidente del área económica, Rafael Ramírez, afirmó lo siguiente: “que nuestro pueblo escuche con atención: no vamos a devaluar”. Apenas tres meses después, el 23 de enero de 2014, se publicó el Convenio Cambiario N° 25 (G.O. N° 6.122), en el que se devaluó el tipo de cambio de Cencoex a Sicad 1 para viajeros, comercio electrónico, remesas familiares, aerolíneas, sector telecomunicaciones, actividad aseguradora y algunos otros rubros. Además, con la publicación del Convenio Cambiario N° 29 el 08 de agosto de 2014 (y corregido en la G.O. N° 40.478 del 19 de agosto de 2014), las operaciones de divisas para el pago de importaciones de algunos códigos arancelarios del sector automotriz, carrocero y autopartes se efectuará al tipo de cambio Sicad 1. En el caso de los pasajes aéreos, aunque en mayo de 2014 se anunció que pasarían a tasa Sicad II a partir del 01 de julio de 2014 para favorecer la disponibilidad de boletos, tal ajuste no se aplicará “hasta nuevo aviso”.

Considerando las tasas aplicadas a los distintos sectores y la proporción de las divisas que se les asignó en el primer semestre de 2014, al momento de aprobarse el Convenio Cambiario N° 30, el tipo de cambio de venta promediaba 7,67 BsF/US$. Según nuestras estimaciones, el BCV asigna aproximadamente 75,95% de sus divisas al tipo de cambio Cencoex (6,30 Bs/US$) y 24,05% al tipo de cambio Sicad I (actualmente 12 Bs/US$).Es decir, BCV obtenía un diferencial BsF 1,37 por cada dólar vendido.

Con la aprobación del Convenio Cambiario N° 30, BCV podría comprar los aportes a Fonden a cualquiera de los tipos de cambio vigente, ya sea Cencoex, Sicad 1 o Sicad 2. Es natural llegar a la conclusión de que si el BCV compra un lote de divisas a un tipo de cambio oficial más elevado, entonces vendería este monto equivalente de divisas a –al menos- ese mismo tipo de cambio. Sin embargo, es posible que se produzca la paradójica situación de que el BCV compre, por ejemplo al tipo de cambio Sicad 2 (alrededor de 50 BsF/US$), pero venda estas divisas, por ejemplo, al tipo de cambio Cencoex (6,30 BsF/US$). Si esto ocurriera se incurriría en una pérdida cambiaria. Si, por otra parte, la fracción de las divisas que terminan entrando como ingreso al BCV (50% aporte del Fonden) se compra y vende a un tipo de cambio más elevado, entonces se concretaría una devaluación adicional del tipo de cambio promedio.

En 2013, los aportes en divisas al Fonden fueron de US$ 5.209 millones (otros US$ 5.209 millones se entregaron en sus bolívares equivalentes), lo que equivale a 11,1% de los US$ 47.000 millones que el ex presidente de PDVSA, Rafael Ramírez, afirmó que la estatal petrolera aportó en todo el año. Si se mantienen estas proporciones, el tipo de cambio promedio de compra podría ubicarse entre 6,3 BsF/US$ (si BCV paga todas las divisas a la tasa Cencoex) y 11,15 BsF/US$ (si BCV paga los aportes al Fonden a la tasa Sicad 2 de cerca 50 BsF/US$ y el resto de las divisas al tipo de cambio Cencoex).

Si BCV sigue comprando todas las divisas Fonden a la tasa Cencoex, y mantiene las tasas y proporciones de asignación, seguiría ganando 1,37 BsF/US$ por cada dólar vendido. Pero si –hipotéticamente- el BCV paga las divisas Fonden a la tasa Sicad 2, pero sigue vendido a la tasa promedio de 7,67 BsF/US$, podría llegar a perder –en promedio- 3,48 BsF/US$ por cada dólar.

La única manera de que no se generen pérdidas en comparación con la situación actual si el BCV compra las divisas Fonden a la tasa Sicad 2, es si las vende a la misma tasa. Según el Convenio Cambiario 27, publicado el 10 de marzo de 2014 en la G.O. N° 40.368, el BCV puede vender divisas a través de Sicad 2, lo que evitaría una perdida cambiaria. Ahora bien, además de implicar una devaluación del tipo de cambio promedio, esos recursos no contribuirían a palear la escasez de divisas para sectores prioritarios a través de Cencoex o Sicad 1. Es posible, por supuesto, que se puedan producir casos intermedios y que las transacciones de compra y venta de estas divisas se realicen usando los otros tipos de cambio oficiales.

3. ¿El Convenio Cambiario N° 30 generará algún impacto fiscal? Con la publicación del Convenio Cambiario N° 30, PDVSA puede vender los aportes al Fonden a un tipo de cambio mayor que el empleado hasta ahora. Sin embargo,PDVSA no obtiene ninguna ganancia fiscal pues los bolívares (ahora potencialmente más) que recibe por estas divisas no los puede usar para sus fines, sino que deben ser entregados de una u otra manera a Fonden. Por su parte, Fonden si podría obtener más bolívares que antes (dependerá de cuál tipo de cambio se termine por emplear: al tipo de cambio Sicad 1 sería casi el doble del tipo de cambio Cencoex, o el tipo de cambio Sicad 2casi 8 veces más).

En estas condiciones el Ejecutivo Nacional contaría con mayores recursos parafiscales vía Fonden, cuyo uso es bastante arbitrario, lo cual podría (o no) disminuir la presión fiscal sobre PDVSA o la necesidad de financiamiento monetario del BCV a PDVSA.

En resumen, el Convenio Cambiario nº 30 pareciera seguir la ruta de hacer los ajustes en el mercado cambiario mediante una devaluación del tipo de cambio promedio. Pero, para que se concrete, tendría que reducirse la asignación de divisas vía Cencoex y aumentar la asignación a los tipos de cambio más elevados. Esto puede generar algún beneficio fiscal al Gobierno Central, pero la estructura de incentivos existentesno necesariamente implica que esto conduzca una política fiscal más conservadora. Por otra parte, la persistencia de un sistema de cambios múltiples con diversos usos y formas de acceso, dificulta que el incremento del tipo de cambio promedio conduzca a una mejora en la eficiencia en la asignación de divisas a la economía, elemento indispensable para superar problemas clave de abastecimiento y desarrollo de las actividades económicas.