- Prodavinci - https://historico.prodavinci.com -

Sobre la inclusión de Venezuela en la lista de EEUU sobre trata de personas; por Mariano de Alba

Fotografía de Mark Wilson para AFP

Fotografía de Mark Wilson para AFP

El 30 de septiembre de 2017, Donald Trump emitió un memorándum ordenando al Departamento de Estado la inclusión de Venezuela, Irán y varios países africanos en la lista que mantiene el gobierno estadounidense de países que no luchan contra la trata de personas. El expresidente Barack Obama ya había realizado la misma determinación con respecto a Venezuela en 2016. La consecuencia fundamental de esta designación es que, nuevamente para el presupuesto del año 2018, Estados Unidos no podrá otorgar ayuda financiera a Venezuela, salvo que se trate de asistencia humanitaria, comercial o que busque fortalecer la democracia venezolana.

¿Qué es la trata de personas?

Según el artículo 3(a) del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo), la trata de personas es: “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación”.

Esa explotación incluye, “como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos”.

¿Qué prevé el memorándum presidencial de Estados Unidos?

Conforme a una ley para proteger a las víctimas de la trata de personas aprobada por el Congreso estadounidense en el año 2000, Estados Unidos tiene por política no otorgar ayuda no-humanitaria o no-comercial a los países que no cumplan con estándares mínimos en la eliminación de la trata de personas y no estén haciendo esfuerzos sustanciales para cumplir con esos estándares.

Anualmente, el Departamento de Estado publica un reporte que detalla cuáles son las acciones que realizan los países que no cumplen con los estándares mínimos y tampoco están haciendo esfuerzos significativos. En ese reporte, Estados Unidos admite que Venezuela ha tomado “algunos pasos para luchar contra la trata de personas, incluyendo el arresto de siete sospechosos”, pero concluye que el gobierno venezolano no “reporta la acusación o condena de traficantes y no posee información confiable sobre sus esfuerzos contra la trata de personas”.

En consecuencia, Donald Trump emitió el pasado 30 de septiembre un memorándum que ratifica que Estados Unidos no otorgará ayuda no-humanitaria o no-comercial a Venezuela en el año fiscal 2018, tal como ya ha sido el caso durante el 2017. Sin embargo, el documento también vuelve a exceptuar – con respecto a Venezuela – la asistencia que Estados Unidos podría otorgar con respecto a “programas de salud”, “programas destinados a fortalecer el proceso democrático” o “programas para que funcionarios públicos participen en programas de promoción de la democracia y el estado de derecho”.

Las implicaciones

Al tratarse de una ratificación de la determinación hecha por Obama en 2016, las implicaciones del memorándum presidencial emitido por Donald Trump con respecto a Venezuela no serán inéditas. Estados Unidos no podrá destinar fondos para Venezuela en su presupuesto para el año 2018 salvo que se trate de asistencia humanitaria, comercial o que busque fortalecer la democracia en Venezuela. Visto que la asistencia que ha recibido o requiere Venezuela puede encuadrarse en esas categorías, estamos ante una designación con efectos bastante limitados.

Igualmente, en comparación con otros países latinoamericanos, durante los últimos años la asistencia estadounidense a Venezuela ha sido marginal, concentrándose esencialmente en programas de asistencia para el desarrollo, que justamente son los que buscan fortalecer la democracia en Venezuela. Curiosamente, en la propuesta que ha hecho Trump para el presupuesto de 2018, inclusive los fondos para Venezuela en esa área han sido eliminados o sustancialmente recortados. Sin embargo, en temas presupuestarios es el Congreso estadounidense quien tiene la última palabra. Por ende, habrá que esperar a ver si el Congreso ratifica la propuesta de la Casa Blanca o destina fondos para los programas de asistencia para el desarrollo en Venezuela.

Finalmente, hay que destacar que si bien por ahora la inclusión de Venezuela en la lista de países que no lucha contra la trata de personas tiene efectos muy limitados, no se puede descartar que la inhabilidad del Estado venezolano en atender este tema pueda generar mayores problemas para eventualmente buscar la recuperación económica del país. Después de todo, justamente como consecuencia de la inacción ante la trata de personas, el gobierno estadounidense ordenó a sus representantes en los bancos multilaterales de desarrollo y el Fondo Monetario Internacional a votar de forma negativa ante cualquier posible préstamo a Irán, Corea del Norte o Rusia. Visto que todo indica que Venezuela requerirá sustancial ayuda internacional para superar la crisis, si el gobierno estadounidense tomara la determinación de adoptar la misma medida con respecto a Venezuela, la habilidad de un próximo gobierno para obtener ayuda financiera internacional podría verse limitada. Después de todo, el cumplimiento de los estándares mínimos contra la trata de personas es algo que difícilmente puede lograrse de un día para otro o un corto plazo.